MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 1420/2015
Inscripción gremial.
Bs. As., 20/11/2015
VISTO el expediente N° 1.655.214/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias por Leyes N° 25.674 y N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES AGRICOLAS CEREALEROS Y FRUTIHORTICOLAS (SUTACF), con domicilio en Avenida Corrientes N° 1179, 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.
Que la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial otorgada por Resolución N° 541 de fecha 26 de mayo de 2014 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N° 2958.
Que por la mencionada Resolución N° 541/14 se aprobó el Estatuto Social de la peticionante, en cuyo texto se encuentra reconocido en forma estatutaria como zona de actuación a todo el territorio de la Nación.
Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley N° 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Reconócese al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES AGRICOLAS CEREALEROS Y FRUTIHORTICOLAS (SUTACF) la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial para agrupar a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia con establecimientos agrícolas, cerealeros y frutihorticolas, con zona de actuación en la localidad de General Levalle y Arias de la Provincia de CORDOBA; Orán, Salta Capital y General Güemes de la Provincia de SALTA; Presidente Avellaneda de la Provincia de ENTRE RIOS; Fray Luis Beltrán de la Provincia de MENDOZA; Goya de la Provincia de CORRIENTES; Posadas de la Provincia de MISIONES; Frías de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO; Ledesma de la Provincia de JUJUY; San Juan Capital de la Provincia de SAN JUAN; Santa Isabel y Rosario de la Provincia de SANTA FE; Chañar Punco de la Provincia de CATAMARCA; Aimogasta y La Rioja Capital de la Provincia de LA RIOJA; Formosa Capital de la Provincia de FORMOSA; Santa Rosa de la Provincia de LA PAMPA; Villa Mercedes de la Provincia de SAN LUIS; Río Negro Capital de la Provincia de RIO NEGRO; Charata de la Provincia de CHACO; Pergamino, Villa Moquehua y 9 de Julio de la Provincia de BUENOS AIRES y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 21/12/2015