AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 681/2015
Bs. As., 16/12/2015
VISTO lo propuesto por la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES, la Ley N° 24804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.1.1., “Norma Básica de Seguridad Radiológica y Nuclear” Revisión 3, el Procedimiento P-CLASE II Y III-05 Revisión 3 “Gestión de Permisos Individuales para trabajar en Instalaciones que poseen Registro”, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que el Sr. Luis Alberto REYES (DNI 14.820.666), ha solicitado a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) un permiso para responsable de Registro para Calibración de Equipos.
Que conforme lo informado por el Responsable del Sector Facturación y Comercio Exterior de esta ARN, el solicitante posee deuda en concepto de tasa regulatoria.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.
Que el otorgamiento de un permiso individual a un usuario de material radiactivo que no da cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado “ut supra”, conlleva una excepción a lo dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.
Que la Comisión Nacional de Energía Atómica, solicitó a esta ARN que como excepción autorizara la prosecución del trámite del permiso Individual del Sr. REYES.
Que el solicitante se desempeña en el Laboratorio de Monitores Radiológico de la Comisión Nacional de Energía Atómica, por lo que resulta de interés público el otorgamiento del Permiso Individual solicitado a fin de no interrumpir el servicio prestado por dicho laboratorio.
Que en su reunión del día 5 de noviembre de 2015, el Directorio resolvió dar continuidad al trámite del Sr. REYES, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea efectuada con posterioridad a la emisión del Permiso Individual.
Que la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES recomienda dar curso favorable al trámite de solicitud de permiso para responsable de Registro, por cuanto se ha verificado que se refiere al propósito de uso de prácticas clasificadas como Instalaciones Clase III, de acuerdo a lo establecido en el Anexo II de la Resolución N° 7/03 y que las instalaciones correspondientes y que se ajusta a los requerimientos de la normativa de aplicación.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención que les compete.
Que el Directorio de la ARN es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 22 y 16 incisos b) y c) de la ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 15 de diciembre de 2015 (Acta N° 41)
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1° — Otorgar por la vía de excepción el permiso para responsable de Registro, que se detalla a continuación:
ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES a los fines correspondientes, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. DIEGO HURTADO, Presidente del Directorio.
e. 24/12/2015 N° 178855/15 v. 24/12/2015
Fecha de publicación 24/12/2015