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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decisión Administrativa 4/2015

Excepción.

Bs. As., 22/12/2015

VISTO la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 25.164 se aprobaron los principios que regulan la relación del Empleo Público Nacional.

Que por el Decreto N° 1421/02 se aprobó la reglamentación de la Ley Maro de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que por la presente medida tramita la propuesta de excepción para el ingreso a la Administración Pública Nacional dispuesto en el artículo 4° inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación.

Que la parte final del mencionado inciso establece el procedimiento de excepción para autorizar la incorporación de las personas que no cumplen con el requisito de nacionalidad.

Que el titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita exceptuar de las precitadas previsiones legales a D. Marcos MOLINA VIAMONTE, D.N.I. N° 93.611.757, como paso previo a su designación en un cargo vacante y financiado de esa jurisdicción.

Que los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta el causante, de nacionalidad estadounidense, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría altamente beneficioso contar con la colaboración del nombrado.

Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido por el artículo 4° inciso a) del de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase a D. Marcos MOLINA VIAMONTE (D.N.I. N° 93.611.757) de nacionalidad estadounidense, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional se establece en el artículo 4° inciso a) del Anexo Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

Fecha de publicación 30/12/2015