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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN

Disposición 5/2015

ASUNTO: Disposición N° 4/14 (SDG PLA). Cronograma de adecuación de los depósitos fiscales y terminales portuarias. Resolución General 3581/14 (AFIP). S/adecuación.

Bs. As., 29/12/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12128-16773-2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO, se tramita la prórroga del plazo para la habilitación definitiva de depósitos fiscales y terminales portuarias con respecto cumplimiento a los requisitos tecnológicos indicados en la Resolución General 3581/14 (AFIP).

Que por medio de la referida norma, se actualizaron las obligaciones oportunamente estipuladas respecto de la observancia de aquellos permisionarios habilitados a la fecha de su entrada en vigencia, así como los que se habilitaren en el futuro, para la incorporación de nuevos mecanismos tecnológicos de control.

Que en ese marco, la Disposición N° 4/14 (SDG PLA) aprobó el cronograma de adecuación de depósitos fiscales y terminales portuarias, integrado por cinco etapas diferenciadas en plazos y acciones necesarias en que serán atendidos cada uno de los requerimientos exigidos a los sujetos alcanzados para el cumplimiento de sus obligaciones, cuyo término máximo vence el próximo 31 de diciembre del corriente.

Que habiéndose recibido informe de la Dirección General de Aduanas acerca de las numerosas actuaciones que se encuentran pendientes de regularización, y teniendo en cuenta no solo la complejidad técnica y la relevancia institucional que revisten el correcto funcionamiento de los depósitos fiscales y terminales portuarias para el tránsito internacional de mercaderías; sino también la reciente designación de las máximas autoridades en el ámbito de la Dirección General de Aduanas, corresponde adoptar medidas que coadyuven al normal desenvolvimiento de las tareas.

Que por ello, resulta conveniente la prórroga del plazo para la corroboración de la efectiva regularización de incorporación de nueva tecnología en los depósitos fiscales y terminales portuarias —etapa 5 del cronograma—, hasta el 31 de marzo de 2016.

Que el Departamento Procedimientos de Gestión Interna ha tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Aduanas ha solicitado la presente medida.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, corresponde disponer en consecuencia.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2016, el plazo para la habilitación definitiva, inhabilitación o denegación de habilitación de depósitos fiscales y terminales portuarias, que fuera establecido mediante la Disposición N° 4/14 (SDG PLA), en cumplimiento de las obligaciones y cronograma de implementación dispuesto por la normativa vigente en la materia.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese a la Dirección General de Aduanas y a las Subdirecciones Generales de Control Aduanero, de Administración Financiera, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior y de Coordinación Técnico Institucional, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Lic. MARIO RAMÓN ROSSELLO, Subdirector General, Subdirección General de Planificación.

e. 04/01/2016 N° 181193/15 v. 04/01/2016

Fecha de publicación 04/01/2016