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7 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA POSADAS DIVISIÓN ADUANA DE IGUAZÚ

VISTO: el estado de la Actuación SIGEA Nro.: 12301-928-2014 (029-SC 216-2015/K) y advirtiendo el proveyente que el encartado en estos actuados, ha hecho efectivo el pago de la multa oportunamente notificada según consta en comprobante de pago de la liquidación manual: 15029LMAN007494Y. Que, asimismo se observa que si bien se ha efectuado el pago de la multa en el plazo que establece el art. 1.101 del Código Aduanero, para que se pueda beneficiar el encartado con la extinción de la acción penal (art. 930 ssgtes. y cctes. del C.A.), deberá manifestar por escrito su intención de abandono a favor del Estado de la mercadería en cuestión, con la entrega de ésta en zona primaria aduanera. Por ello, RESUELVO: 1°) INTIMAR a la encartada: SALTOS HAIDE ANGELICA - DNI N° 14.300.437, para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, manifieste ante esta Instrucción Sumarial, su intención de abandonar la mercadería secuestrada, ello con la finalidad de que NO se registren antcedentes infraccionales en estos actuados (Arts. 930 ssgtes y cctes Código Aduanero). 2°) Cumplido con lo ordenado en el artículo anterior o vencido el plazo concedido, pasen las actuaciones a Despacho a efectos de resolver en definitiva (art. 1.112 - Inc. a] del C.A.) previo dictamen (Art. 1040 del C.A.). NOTIFIQUESE... Fdo.: Administrador División Aduana de lguazú. LIC. ENRIQUE JUAN A.

Lic. JUAN A. ENRIQUE, Administrador, División Aduana de Iguazú.

e. 04/01/2016 N° 180528/15 v. 04/01/2016

Fecha de publicación 04/01/2016