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MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 1135/2015

23/12/2015

EXTRACTO DE DISPOSICIÓN N° 1135 DE FECHA 23 DE DICIEMBRE DE 2015.
ARTICULO 1° — Recategorízase a la institución, “INSTITUTO PEDAGÓGICO MI AMANECER S.R.L”, C.U.I.T. N° 30-65961081-3, con domicilio legal y real en la calle Terrada N° 5547, Código Postal N° 1419, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la modalidad prestacional de Educación General Básica.
ARTICULO 2° — Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en la modalidad prestacional de Educación General Básica, categoría “A”, con un cupo de cincuenta (50) concurrentes en jornada simple y/o doble.
ARTICULO 3° — Reinscríbase a la institución “INSTITUTO PEDAGÓGICO MI AMANECER S.R.L”, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTICULO 4° — Dejáse establecido que la institución “INSTITUTO PEDAGÓGICO MI AMANECER S.R.L”, deberá comunicar a la Junta Evaluadora del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, todo aumento mayor a cuatro (4) personas de su población asistida, conforme lo regulado en el punto 8.2.4 de la Resolución N° 02/13 (P.D.S.P.B.A.I.P.D).
ARTICULO 5° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.
ARTICULO 6° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 15/01/2016 N° 2250/16 v. 15/01/2016

Fecha de publicación 15/01/2016