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13 de Abril de 2018

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO EXTERIOR

Decreto 179/2016

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los Estados Unidos de América.

Bs. As., 15/01/2016

VISTO el Expediente N° 40.617/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, el Decreto N° 337 de fecha 9 de marzo de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”.

Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5° de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el Artículo 21, inciso s) del mismo texto legal.

Que el Artículo 99, inciso 19, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, faculta al Presidente de la Nación a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

Que encontrándose en receso el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a cuya Cámara de Senadores corresponde prestar acuerdo a los candidatos propuestos para su designación como Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, resulta constitucionalmente válida la designación de funcionarios “en comisión” hasta el final del próximo período de sesiones, por parte del Presidente de la Nación, conforme la disposición constitucional citada en el considerando precedente.

Que oportunamente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA concedió el plácet de estilo al señor D. Martín LOUSTEAU para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor D. Martín LOUSTEAU (D.N.I. N° 21.954.012), de conformidad con lo establecido por el Artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, y en los términos del Artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, al señor D. Martín LOUSTEAU.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.

Fecha de publicación 18/01/2016