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10 de Abril de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


— NOTA ACLARATORIA — MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 3528/2015

En la edición del Boletín Oficial N° 33.253, página 36, Aviso N° 165875/15, en la que se publicó la citada norma, se deslizó el siguiente error en el original:
Donde dice:
“ARTICULO 18. — Las siguientes disposiciones serán aplicables a aquellos empleadores que ya posean autorización para operar en el régimen de autoseguro al momento de entrada en vigencia de la presente resolución, los que deberán:
a) Constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES dentro de los SESENTA (60) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución.
b) Cumplir con las disposiciones del artículo 6° de la presente resolución en un plazo máximo de DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución...”.
Debe decir:
“ARTICULO 18. — Las siguientes disposiciones serán aplicables a aquellos empleadores que ya posean autorización para operar en el régimen de autoseguro al momento de entrada en vigencia de la presente resolución, los que deberán:
a) Constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES dentro de los SESENTA (60) días posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución.
b) Cumplir con las disposiciones del artículo 5° de la presente resolución en un plazo máximo de DOCE (12) meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución...”.

e. 25/01/2016 N° 3329/16 v. 25/01/2016

Fecha de publicación 25/01/2016