BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 5870/2015 Ref.: Circular CAMEX 1 - 754. Mercado Único y Libre de Cambios.
31/12/2015
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que con vigencia a partir del 4.01.2016 y hasta el 31.01.2016 inclusive, se ha dispuesto lo siguiente:
1. Las deudas por servicios prestados y/o devengados hasta el 16.12.2015 alcanzadas por el esquema previsto en el punto 17. de la Comunicación “A” 5850 podrán cursarse con acceso al mercado local de cambios, siempre que se cumplan las normas vigentes para el pago de servicios prestados por no residentes y bajo las siguientes condiciones: los montos operados en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios en el mes calendario por pagos de deudas de servicios, no alcanzados por las excepciones previstas en la Comunicación “A” 5861, implicarán una reducción en el mismo monto del límite vigente para la formación de activos externos establecido en el punto 2. de la Comunicación “A” 5850 y no podrán superar dicho límite.
2. Durante la vigencia de la presente para otorgar acceso al mercado local de cambios tanto para las operaciones de formación de activos prevista en el punto 2. de la Comunicación “A” 5850 como para los pagos de deudas de servicios que se cursen en el marco del punto 1. precedente, la entidad interviniente deberá contar con una declaración jurada del cliente en la que conste que con la operación a concertar no se supera el límite de US$ 2.000.000 para sus operaciones en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios por ambos conceptos.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
MARINA ONGARO, Gerente Principal de Exterior y Cambios. — AGUSTÍN COLLAZO, Subgerente General de Operaciones A/C.
e. 26/01/2016 N° 3168/16 v. 26/01/2016
Fecha de publicación 26/01/2016