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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 68/2016

Bs. As., 20/01/2016

VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. Decreto N° 1248/01), el Decreto N° 1536/02; el Decreto N° 796/12, la Resolución N° 982/13/INCAA, la Resolución 1669/10/INCAA y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 17 de la Resolución N° 982/13/INCAA y su modificatoria se creó el COMITÉ DE PELÍCULAS DOCUMENTALES TERMINADAS. Que, asimismo, la finalidad y función del Comité aludido surgen del artículo mencionado precedentemente y de lo establecido en la Resolución 1669/10/INCAA y sus modificatorias.

Que dicho COMITÉ sesionará por el término de SEIS (6) meses y estará integrado por TRES (3) miembros documentalistas, que podrán ser productores, directores y/o realizadores integrales.

Que los Sres. Marcelo Mario Alfredo CÉSPEDES, DNI: 11.874.110, Daiana Mariel ROSENFELD, DNI: 31.694.975, y Diego LUBLINSKY, DNI: 20.536.752, cumplen con los requisitos de admisibilidad señalados en el artículo 20 de la Resolución N° 982/13/INCAA y su modificatoria, a fin de la integración del COMITÉ DE PELÍCULAS DOCUMENTALES TERMINADAS.

Que los miembros designados por la presente Resolución cesan en su cargo, una vez transcurrido SEIS (6) meses de la entrada en vigencia de la misma, cumpliendo funciones de asesoramiento técnico, por un tiempo determinado, sin relación de dependencia con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, bajo la modalidad de contrato de locación de obra.

Que dichos miembros fueron designados, conforme lo previsto en el Artículo 5° y concordantes de la Ley 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001), por el Consejo Asesor nombrado por Decreto N° 796/12.

Que el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha tomado intervención en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 17741 (t.o. 2001).

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3° inciso e) y del artículo 30° último párrafo de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001).

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Desígnense como miembros del COMITÉ DE PELÍCULAS DOCUMENTALES TERMINADAS a los Sres. Marcelo Mario Alfredo CÉSPEDES, DNI: 11.874.110, Daiana Mariel ROSENFELD, DNI: 31.694.975, y Diego LUBLINSKY, DNI: 20.536.752, quienes comenzarán a cumplir sus funciones al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, cesando las mismas una vez transcurrido el plazo de SEIS (6) meses del presente mandato.

ARTÍCULO 2° — Los integrantes nombrados en el artículo que antecede, se desempeñarán bajo la modalidad de Contrato de Locación de Obra, no constituyendo relación de dependencia alguna, con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTÍCULO 3° — Déjese constancia que será de aplicación la Resolución N° 982/13/INCAA y su modificatoria, y la Resolución N° 1669/10/INCAA, y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO CACETTA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 27/01/2016 N° 3456/16 v. 27/01/2016

Fecha de publicación 27/01/2016