MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 43/2016
Dase por designado Director de Despacho y Mesa de Entradas.
Bs. As., 04/02/2016
VISTO el Expediente N° S01:0001084/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1 de fecha 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama, entre los cuales se encuentran los referidos al entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que por el Decreto N° 13/15 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520 T.O. por Decreto N° 438/92) incorporándose el MINISTERIO DE PRODUCCION.
Que por el artículo 8° del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se aprobaron las Responsabilidades Primarias y Acciones de las unidades organizativas de primer nivel operativo que conforman la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCION.
Que por el Decreto N° 227/16, se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva III, de Director de Despacho y Mesa de Entradas.
Que el artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad.
Que la cobertura de dicho cargo implica una excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que la medida propuesta no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dáse por designado transitoriamente, a partir del 1° de enero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Armando Daniel GACIO (M.I. N° 20.425.696) en el cargo de Director de Despacho y Mesa de Entradas dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1 de enero de 2016.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.
Fecha de publicación 05/02/2016