MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE YERBA BUENA, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 1063/15.
ARTÍCULO 1.- A los diez días del mes de Julio de 2013, se constituye el SINDICATO UNIDO de TRABAJADORES y EMPLEADOS MUNICIPALES de YERBA BUENA, en la provincia de Tucumán, como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios en relación dependiente en la MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio que comprende el Distrito de Yerba Buena, de la provincia de Tucumán siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en calle Sarmiento N° 2000 Localidad de Yerba Buena, provincia de Tucumán.
ARTÍCULO 2.- La Entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:
a) Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad.
b) Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva; de carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza.
c) Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismos nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical.
d) Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.
e) Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.
f) Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores.
g) Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector.
h) Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.
ARTICULO 11.- Los órganos de la entidad son los siguientes:
a) Asambleas ordinarias y extraordinarias;
b) Comisión Directiva;
c) Comisión Revisora de Cuentas;
d) Junta Electoral;
e) Cuerpo de delegados.
En todos los casos deberá respetarse la representación femenina en los cargos electivos y representativos de la entidad conforme las pautas establecidas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514/03.
ARTÍCULO 29 — El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por 9 (nueve) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretaria General
Secretaria De Relaciones Intersindicales Y Previsión Social Secretaria De Organización Secretaria Tesorero, Finanzas Y Administración Secretaria De La Mujer Y La Familia Secretaria Vivienda Y Acción Social.
Tres (3) vocales titulares y tres (3) vocales suplentes, que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará 4 (cuatro) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 10/02/2016