Edición del
12 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO ÚNICO DEL PERSONAL DE ENFERMERÍA DE JUJUY (S.U.P.E.J.), APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 1322/15.

ARTICULO 1.- A los dos 16 días del mes de MAYO de 2011, se constituyen la organización “SINDICATO UNICO DEL PERSONAL DE ENFERMERIA DE JUJUY” (S. U. P. E. J.), como entidad de primer grado, que agrupará a los trabajadores que presten servicios de enfermería sea en los ámbitos privados, públicos y estatales (nacionales y provinciales). Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación todo el territorio de la Provincia de Jujuy. Esta entidad sindical será de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; fijando domicilio legal en calle Pellegrini N° 285 del B° Alte. Brown, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, C.P. 4.600.-

ARTICULO 2.- La Entidad tendrá tos objetivos y fines que a continuación se detallan:
1) FINES SINDICALES:
a) Procurar el mejoramiento de las condiciones de trabajo y vida de los trabajadores representados por este sindicato.-
b) Defender los intereses de los trabajadores en actividad a cuyo efecto asumirá su representación en forma genérica;
c) Propender el mejoramiento de las normas que integren el derecho social y procurar estricto cumplimiento de las normas que integren el derecho citado.-
d) Propender el desarrollo de la conciencia sindical en el personal de Enfermería, sobre las bases de la comprensión de sus derechos y obligaciones y fomentando la unión y el espíritu de solidaridad, estimulando su activa participación en la vida sindical.-
e) Estrechar vínculos de amistad con otras asociaciones sindicales tanto de la provincia, país como una federación o confirmación de trabajadores de carácter nacional o internacional, previa determinación de una asamblea general convocada a tal efecto.-
f) Proponer que las instituciones de salud tanto privadas como estatales reconozcan los años de antigüedad trabajados por el enfermero en tiempo y forma, al momento del ingreso a la prestación de los servicios.-
g) Propender a la creación de un ente regulador y contralor de la formación y el ejercicio de la enfermería.-
h) Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo Nacional o Internacional en beneficio de la entidad sindical.-
i) Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general.
j) Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general.-
2) FINES CULTURALES:
a) Procurar la capacitación profesional y general de los afiliados.-
b) Editar publicaciones en forma de revistas, folletos, etc.-
c) Fundar o sostener institutos de enseñanza, primaria, secundaria, terciaria, universitaria, bibliotecas o centro afines y curso de interés general.-
d) Dictar cursos, congresos, jornadas, talleres y conferencia inherentes a la enfermería.-
e) Organizar seminarios y conferencia sobre temas, relacionados a la salud u otro, como así también sociales o de interés general.-
f) Participar en eventos nacionales o internacionales.-
g) Creación de talleres de arte en general.-
3) FINES SOCIALES:
a) Fomentar la creación de colonias de vacaciones, campos de polideportivos, destinado para el recreo y el deporte para afiliados y su núcleo familiar.-
b) Crear, mantener y ampliar los servicios de medicina asistencial.-
c) promover el servicio de turismo social.-
d) Crear proveedurías, cooperativas y mutualidades.-
e) Promover la creación de sistemas que faciliten la obtención de préstamos para cubrir las necesidades o situaciones imprevisibles y la cobertura de riesgos sociales.-
f) Brindar servicio de asistencia jurídica.-
g) Creación y convenio de guarderías y jardines maternales.-
Capitulo IV
De los órganos de la Asociación

ARTÍCULO 11.- Los órganos de la entidad son los siguientes:
a) Asambleas ordinarias y extraordinarias;
b) Comisión Directiva;
c) Comisión Revisora de Cuentas;
d) Junta Electoral;
e) Cuerpo de delegados.
En todos los casos deberá respetarse la representación femenina en los cargos electivos y representativos de la entidad conforme las pautas establecidas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514/03.

ARTICULO 29 - El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por nueve (09) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
- Secretaria General
- Secretaría Adjunto
- Secretaría de Organización
- Secretaría de Asuntos Gremiales
- Secretaria de Tesorería, Finanzas y Administración
- Secretaría de Acción Social
- Secretaría de Capacitación, Cultura y Difusión
- 2 vocales titulares
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 11/02/2016