ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA CÓRDOBA DIVISIÓN ADUANA DE CÓRDOBA
Sección Sumarios
CORDOBA,
En los Sumarios Contenciosos de referencia, que se tramitan por ante esta Aduana de Córdoba el Administrador de la División Aduana Córdoba ha dispuesto notificar la disposición realizada por Aduana Córdoba: Articulo 1 CONDERNAR al pago de la multa en virtud de los fundamentos de hecho y derecho expuestos en los considerandos. Artículo 2° INTIMAR para que en el término perentorio de quince (15) días de notificada la presente proceda al efectivo pago de la multa, bajo apercibimiento de proceder a su ejecución fiscal conforme lo prevé la ley 22.415 art 1122 y ss, sirviendo la presente como efectiva intimación de pago. Artículo 3° CONSIDERAR la mercadería importada para consumo art 274 inc a) correspondiendo los tributos que gravan la importación. Artículo 4° INTIMAR para que en plazo de quince (15) días notificada la presente proceda a cancelar los tributos. Artículo 5° HACER SABER que la presente agota vía administrativa y que se puede interponer en forma optativa y excluyente recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal o demanda contenciosa ante juez competente en el plazo previsto por el artículo 1133 del C.A. que para el caso que los importes involucrados no supere los topes mínimos establecidos por los artículos 1024 y 1025 del C.A. para cada vía recursiva. Artículo 6° NOTIFIQUESE. Fdo. Ing. José M. Rezzonico - Administrador División Aduana de Córdoba.-
SUMARIO | INTERESADO | DNI CUIT/PAS. | INF. ART. | MULTA | TRIBUTOS |
SA17-11-027 | ALVAREZ MARISA CASSAB | PAS 462.298.950 | 970 | $3.131,68 | U$S 641,72 |
Ing. JOSE M. REZZONICO, Administrador (I) División Aduana de Córdoba.
e. 16/02/2016 N° 6551/16 v. 16/02/2016
Fecha de publicación 16/02/2016