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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS DOMISANITARIOS

Disposición 1570/2016

Prohibición de uso y comercialización.

Bs. As., 19/02/2016

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-652-15-0 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

Considerando:

Que se inician las actuaciones referidas en el VISTO remitidas por la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (en adelante DVS) donde hace saber que en fecha 24 de julio de 2015 personal del Departamento de Productos de Uso Doméstico dependiente de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, mediante Orden de Inspección 2015/3372-DVS-3222 obrante a fojas 4/7, llevo adelante una inspección de Fiscalización de productos de Uso Doméstico en el establecimiento “La Casa de los Insecticidas”, sito en la calle Teniente General Juan Domingo Perón N° 1519, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en dicha oportunidad se tomó como muestra una unidad del siguiente producto: “Pintura multinsecticida invisible, marca ACME profesional, listo para usar, 1 año sin insectos en interiores, aerosol 400g/450cm3, lote CL 030.14 Vto. 01/2016”.

Que asimismo, en dicho acto se solicitó la documentación de procedencia del aludido producto, aportándose la siguiente: Factura tipo A, N° 0001-00002358, fecha 13-01-15 emitida por Acme profesional, Desarrollo y Producción de Bioplaguicidas de Luciano A. Miranda, sito en General Roca 3066 (1653) Villa Ballester, provincia de Buenos Aires, a favor de Valls, Roberto Juan, cuya copia obra a fojas 7.

Que mediante Acta 1507/19, que luce agregada a fojas 8, se presentó ante el Departamento de Uso Doméstico de esta Administración, el señor Luciano A. Miranda, propietario del producto aludido.

Que en dicha oportunidad se exhibió la unidad retirada en la Orden de Inspección 2015/3372-DVS-3222 y copia de la factura adjuntada en dicho acto, manifestando el señor Luciano A. Miranda que se trata de un producto original elaborado por la firma, como así también la factura exhibida; correspondiendo ambas a la razón social de Luciano A. Miranda.

Que cabe destacar que la firma “Acme Profesional, Desarrollo y Producción de Bioplaguicidas de Luciano A. Miranda” no se encuentra habilitada ante el Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios ni el producto en cuestión posee registro ante esta Administración Nacional, ni se encuentran registrados a la fecha.

Que además, cabe señalar que en relación al producto citado y al establecimiento elaborador, la firma infringe el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 709/98 y la Disposición ANMAT N° 7292/98 que establece los requisitos y exigencias que deben reunir los productos de uso doméstico a los efectos de garantizar niveles de calidad y seguridad; como así también el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 708/98 y la Disposición ANMAT N° 7293/98 que establece las normas aclaratorias y complementarias a los fines del registro de los establecimientos que realicen actividades de elaboración, fraccionamiento, importación o exportación de Productos de Uso Doméstico, y a través de las cuales se establece la creación del Registro Nacional de Establecimientos Domisanitarios y se lo regula.

Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud considera que corresponde: a) Prohibir de uso y comercialización de todos los productos domisanitarios elaborados marca ACME rotulados como “pintura multinsecticida invisible, marca ACME profesional, listo para usar, 1 año sin insectos en interiores”; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a LUCIANO A. MIRANDA sita en la calle Mansilla N° 672, de la localidad de Wilde, partido de Avellaneda, provincia de Buenos Aires, con domicilio legal en la calle Gral. Roca N° 3066, código postal: 1653, Villa Ballester, provincia de Buenos Aires, como titular de los productos por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados ut-supra; y c) Notificar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.

Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en estos obrados en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° inciso b) del Decreto 1490/92.

Que en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso n) y ñ) del artículo 8° y el inciso q) del artículo 10° del Decreto N° 1490/92 las medidas aconsejadas resultan ajustadas a derecho.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el Decreto N° 101 de fecha 16 de diciembre de 2015.

Por ello:

EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGIA MÉDICA
DISPONE:

Artículo 1° — Prohíbase el uso y comercialización de todos los productos domisanitarios elaborados marca ACME rotulados como “pintura multinsecticida invisible, marca ACME profesional, listo para usar, 1 año sin insectos en interiores”.

Art. 2° — Instrúyase sumario sanitario a LUCIANO A. MIRANDA, con domicilio en la calle Mansilla N° 672, localidad de Wilde, partido de Avellaneda, provincia de Buenos Aires, por los presuntos incumplimientos al artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 709/98 y la Disposición ANMAT N° 7292/98, y el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 708/98 y la Disposición ANMAT N° 7293/98.

Art. 3° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno Autónomo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria. Dése a la Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos. — Carlos Chiale.

Fecha de publicación 24/02/2016