AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 1305/2015
Bs. As., 14/12/2015
VISTO los Expedientes Nros. 151.00.0/03 y 151.01.0/03 del registro del COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con el Concurso Público convocado por Resolución N° 175-COMFER/03, para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categoría “F”, en el canal 236, frecuencia 95.1 MHz, en la ciudad de TRELEW, provincia de CHUBUT.
Que mediante el dictado de la Resolución N° 1677-COMFER/05, se procedió a adjudicar al señor GUSTAVO ADOLFO STRIEN la mencionada licencia, habiéndosele asignado la señal distintiva LRF732.
Que mediante actuación N° 10289-AFSCA/15, el nombrado STRIEN, manifestó su voluntad de renunciar a la referida licencia.
Que los términos de la renuncia formulada por el señor STRIEN, encuadran en el artículo 50 inciso e) de la Ley N° 26.522, por lo que corresponde declarar la extinción de la licencia en cuestión.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete,
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley N° 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase extinguida la licencia adjudicada al señor GUSTAVO ADOLFO STRIEN (D.N.I. N° 10.798.941) por Resolución N° 1677-COMFER/05, para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, categoría “F”, en la ciudad de TRELEW, provincia de CHUBUT, en atención a lo expuesto en los considerandos.
ARTÍCULO 2° — Dese intervención a la SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN a efectos de proceder a la conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones con relación a la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de licencia oportunamente constituida.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 24/02/2016 N° 8801/16 v. 24/02/2016
Fecha de publicación 24/02/2016