BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “C” 70270/2016 Ref.: Comunicación “A” 5850. Operaciones de canje.
22/01/2016
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:
Nos dirigimos a Uds. a efectos de aclarar que en las operaciones de canje contempladas en el punto 7. de la Comunicación “A” 5850 del 17.12.2015, dada la naturaleza de este tipo de operaciones en donde no se producen movimientos en moneda local, sino el intercambio con una misma contraparte de distintos instrumentos en una misma moneda distinta a la moneda local, los boletos técnicos de compra y venta de cambio que debe efectuar la entidad, deberán realizarse por el mismo importe en moneda extranjera.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
MARINA ONGARO, Gerente Principal de Exterior y Cambios. — AGUSTÍN COLLAZO, Subgerente General de Operaciones A/C.
e. 25/02/2016 N° 8890/16 v. 25/02/2016
Fecha de publicación 25/02/2016