ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 48/2016
Asunto: S/nominación de funcionarios para casos de ausencia o impedimento de Auditor Interno.
Bs. As., 01/03/2016
VISTO la Disposición N° 574/2015 (AFIP), y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma se nombró al Contador Público Néstor Abelardo SOSA, en el carácter de Subdirector General de Auditoria Interna, publicada en el Boletín Oficial el día 15 de Diciembre del año 2015.
Que el nombrado reviste, además el carácter de Auditor Interno, circunstancia por la cual corresponde nominar a los funcionarios que se desempeñarán, como tal, en caso de ausencia o impedimento del Contador Público Néstor Abelardo Sosa.
Que atendiendo a razones de buen orden administrativo resulta imperioso instaurar un Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento del Subdirector General en su respectiva jurisdicción y para el ejercicio de la función de Auditor Interno.
Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618/97, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Establécese la nómina de funcionarios que cumplirán las funciones de Auditor Interno Subrogante para los casos de ausencia o impedimento del Subdirector General de la Subdirección General de Auditoría Interna, Contador Público Néstor Abelardo SOSA (Legajo N° 33.132/25), en el orden que se indica a continuación:
1° Cont. Púb. Pedro Daniel OCAMICA, (Legajo N° 32.841/99), Director Int. DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE PROCESOS OPERATIVOS.
2° Cont. Púb. Mariano Fabio RODRÍGUEZ, (Legajo N° 32.934/26), Director Int. DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OPERACIONES CENTRALES.
3° Abog. Ana María Julia MARTÍNEZ MARTÍNEZ, (Legajo N° 22.281/60), Director Int. DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE PROCESOS LEGALES.
ARTÍCULO 2° — Las nominaciones dispuestas en el artículo anterior deben entenderse exclusivamente para el ejercicio de la función de Auditor Interno.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Dr. ALBERTO ABAD, Administrador Federal, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 07/03/2016 N° 11548/16 v. 07/03/2016
Fecha de publicación 07/03/2016