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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL CENTRO DE EDUCADORES MAGDALENENSES, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y S.S. N° 1391/15.

Artículo 1:
El Centro de Educadores Magdalenenses fundado en la ciudad de Magdalena, es un Asociación Sindical de primer grado, con domicilio legal en la calle Goenaga N2 700 de la Ciudad de Magdalena, Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2:
Su zona de actuación comprende el Partido de Magdalena agrupando al personal docente de todas las ramas y jerarquías de la enseñanza que se desempeñen en los establecimientos oficiales dependientes de la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 22:
Rigen los destinos del sindicato:
a) Las Asambleas
b) La Comisión Directiva
c) La Comisión Revisora de Cuentas

Artículo 23:
El órgano de dirección y administración del sindicato, es la Comisión Directiva.

Artículo 24:
La Comisión Directiva estará integrada por diez (10) miembro titulares, que desempeñarán los siguientes cargos; los cuales deberán adecuarse a la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario 514/88 (Cupo Femenino) y sus futuras modificaciones:
• Secretario General
• Secretario Adjunto
• Secretario Administrativo
Secretario Gremial
• Tesorero y cinco (5) vocales suplentes, que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de fallecimiento o impedimento de sus titulares.

Artículo 25:
• La renovación de la Comisión Directiva completa se efectuara cada cuatro (4) años y los integrantes pueden ser reelectos.
Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 10/03/2016