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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 183/2016

Designaciones en la Secretaría de Comunicación Pública.

Bs. As., 11/03/2016

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0001748/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.198, el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 19 de fecha 2 de febrero de 2012, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 30 y 42, respectivamente, de fecha 9 de marzo de 2012 y la Resolución N° 31 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 9 de marzo de 2012 y lo solicitado por la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 19 de fecha 2 de febrero de 2012 se aprobó, la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, consecuentemente, mediante, la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 30 y 42, respectivamente, de fecha 9 de marzo de 2012, se incorporaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la Secretaría citada precedentemente, entre ellos se incorporó el correspondiente a la unidad organizativa Dirección General de Difusión Presidencial, asignándole el Nivel I y se reasignó el correspondiente a la unidad organizativa Dirección de Prensa dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA, asignándole el Nivel II, ambas pertenecientes a SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante la Resolución N° 31 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 9 de marzo de 2012, se ratificaron, homologaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la referida Secretaría, entre ellos se homologaron los correspondientes a la unidad organizativa Dirección General de Prensa, asignándole el Nivel I y a las unidades organizativas Dirección de Medios Provinciales y Locales dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA y Dirección de Difusión Presidencial dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL, asignándole a ambas el Nivel III, todas en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentran vacantes y financiados los cargos de los titulares de las unidades organizativas mencionadas en los considerandos precedentes, que por la particular naturaleza de las acciones asignadas a las mismas, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria con cierta inmediatez.

Que las personas propuestas deberán ser exceptuadas del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Desígnase, a partir del 1° de enero de 2016, con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al personal nominado en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente medida, y de acuerdo al detalle obrante en la misma, autorizándose los correspondientes pagos de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

ANEXO
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PUBLICA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL


APELLIDO Y NOMBRES
D.N.I. N°NIVEL GRADONIVEL F.E.FUNCIÓN
ARANDA, Lucía29.751.786A - 0IDirectora General de Difusión Presidencial
VELAZQUEZ, Horacio Diego21.820.966B - 0IIIDirector de Difusión Presidencial


DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA


APELLIDO Y NOMBRES
D.N.I. N°NIVEL GRADONIVEL F.E.FUNCIÓN
GALLIGANI, Carlos Daniel11.248.737A - 0IDirector General de Prensa
GONZALEZ SCHIA, Rolando11.534.943B - 0IIDirector de Prensa
CANTIN, Natalia Belén28.859.345B - 0IIIDirectora de Medios Provinciales y Locales

Fecha de publicación 14/03/2016