JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 198/2016
Designaciones en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión.
Bs. As., 17/03/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:0003221/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.198, el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, las Decisiones Administrativas Nros. 19 de fecha 2 de febrero de 2012 y 552 de fecha 24 de julio de 2012, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 85 de fecha 5 de marzo de 2012, las Resoluciones Conjuntas de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 30 y 42, respectivamente, de fecha 9 de marzo de 2012, 44 y 56, respectivamente, de fecha 20 de marzo de 2012 y 299 y 247, respectivamente, de fecha 27 de agosto de 2012 y lo solicitado por la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que el artículo 7° de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 19 de fecha 2 de febrero de 2012 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 85 de fecha 5 de marzo de 2012 se aprobaron las Coordinaciones en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 30 y 42, respectivamente, de fecha 9 de marzo de 2012, se incorporaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la Secretaría citada precedentemente, entre ellos los correspondientes a las unidades organizativas Dirección General de Producción Publicitaria, asignándole el Nivel I, Dirección de Producción Gráfica y Dirección de Producción Audiovisual, asignándole a ambas el Nivel III, dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN PUBLICITARIA, todas en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que consecuentemente, mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 44 y 56, respectivamente, de fecha 20 de marzo de 2012, se incorporaron, homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la Secretaría citada precedentemente, entre ellos los correspondientes a las unidades organizativas Coordinación de Prensa Gráfica y Coordinación de Prensa Audiovisual, ambas dependientes de la DIRECCIÓN DE PRENSA y Coordinación de Información Audiovisual dependiente de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN, todas pertenecientes a la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, asignándole a cada una de ellas el Nivel IV.
Que posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° 552 de fecha 24 de julio de 2012 se sustituyó el Anexo I al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 19/12, incorporando la Dirección de Locución Presidencial y Publicitaria perteneciente a la DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Nros. 299 y 247, respectivamente, de fecha 27 de agosto de 2012, se incorporó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo correspondiente a la unidad organizativa Dirección de Locución Presidencial y Publicitaria, asignándole el Nivel II, perteneciente a la DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentran vacantes y financiados los cargos de los titulares de las unidades organizativas mencionadas en los considerandos precedentes, que por la particular naturaleza de las acciones asignadas a las mismas, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria con cierta inmediatez.
Que las personas propuestas deberán ser exceptuadas del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase, a partir del 1° de enero de 2016, con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al personal nominado en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente medida, y de acuerdo al detalle obrante en la misma, autorizándose los correspondientes pagos de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.198.
Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
ANEXO
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN PUBLICITARIA
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. N° | NIVEL GRADO | F.E. | FUNCIÓN |
ZAMBRINI, Mariana Soledad | 27.086.738 | A - 0 | I | Directora General de Producción Publicitaria |
LEVANAVICIUS, Darío | 29.561.250 | B - 0 | III | Director de Producción Gráfica |
FEROCE, Sophia Agustina | 34.712.401 | B - 0 | III | Directora de Producción Audiovisual |
DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. N° | NIVEL GRADO | F.E. | FUNCIÓN |
SOBRADO, Gerardo Raúl | 13.492.508 | B - 0 | IV | Coordinador de Prensa Gráfica |
FERNÁNDEZ, Guadalupe | 33.154.589 | B - 0 | IV | Coordinadora de Prensa Audiovisual |
PERALTA, Marcelo Alejandro | 21.055.554 | B - 0 | IV | Coordinador de Información Audiovisual |
DIRECCIÓN GENERAL DE DIFUSIÓN PRESIDENCIAL
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. N° | NIVEL GRADO | F.E. | FUNCIÓN |
BUA, Mariana Laura | 30.172.021 | B - 0 | II | Directora de Locución Presidencial y Publicitaria |
Fecha de publicación 18/03/2016