ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE NEUQUÉN
Se hace saber a los abajo mencionados que se ha ordenado notificarles las Providencias por las cuales se decretan su REBELDIA en los términos del artículo N° 1.105 del Código Aduanero y se tiene por constituido domicilio en los estrados de esta Aduana (artículo 1.004 del Código Aduanero).
e. 18/03/2016 N° 15190/16 v. 18/03/2016
Fecha de publicación 18/03/2016