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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 217/2016

Designación.

Bs. As., 22/03/2016

VISTO las Leyes de Presupuesto N° 27.008 y N° 27.198, los Decretos N° 355 del 21 de febrero de 2002 y N° 227 del 20 de enero de 2016, y el Expediente N° E-2460-2016 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 se aprobaron los Presupuestos Generales para la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.

Que por el Decreto N° 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 227/16 se establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura, en el ámbito de la UNIDAD MINISTRO del cargo de Coordinador de Articulación de Asuntos Internacionales.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y al artículo 14 del citado Convenio.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 y por el artículo 1° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de lo previsto en los artículos 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, a los efectos de cubrir UN (1) cargo vacante Nivel C - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV, de Coordinador de Articulación de Asuntos Internacionales, dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 2° — Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 10 de diciembre de 2015, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Licenciada Da. Victoria COSTOYA (D.N.I. N° 29.394.674), en el cargo de Coordinadora de Articulación de Asuntos Internacionales, de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel C - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva IV, aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto N° 2098/08 y con autorización excepcional por no cumplir los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 3° — El cargo involucrado en la presente decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.

Fecha de publicación 23/03/2016