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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 526/2016

Nómbrase en “Misión Permanente” Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Bs. As., 29/03/2016

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las Fuerzas Armadas, mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que es necesario proceder al relevo del Personal Militar Superior de las Fuerzas Armadas que cumple funciones en el exterior como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Capitán de Navío D. Carlos Alberto IBAÑEZ para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA con extensión a la REPÚBLICA CHECA y al REINO DE SUECIA.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 10 de la Ley N° 20.957 del Régimen del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase en “misión permanente” y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al Capitán de Navío D. Carlos Alberto IBAÑEZ (DNI N° 16.730.947) como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA con extensión sobre la REPÚBLICA CHECA y al REINO DE SUECIA.

Art. 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (CONTRALORÍA GENERAL NAVAL), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2016 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subjurisdicción 4522 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

Art. 4° — Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. — Julio C. Martínez.

Fecha de publicación 30/03/2016