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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 558/2016

Bs. As., 18/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.353/2007 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.

Que la empresa TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-70911973-3) posee Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y registro de los Servicios de Transmisión de Datos, Valor Agregado y Telefonía Larga Distancia Nacional e Internacional otorgados a través de la Resolución N° 131 de fecha 24 de junio de 2009, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que mediante presentación fundada, se notificó a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES el cambio de tipo social de TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por el de TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-70911973-3).

Que las distintas Áreas competentes se han expedido en sentido favorable.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y registro de los Servicios de Transmisión de Datos, Valor Agregado y Telefonía Larga Distancia Nacional e Internacional otorgados a la empresa citada en primer término, a través de la Resolución N° 131 de fecha 24 de junio de 2009, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, deben entenderse otorgados a TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-70911973-3).

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 3 de fecha 3 de marzo de 2016.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — REGÍSTRESE el cambio de tipo social de la empresa TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA a TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-70911973-3).

ARTÍCULO 2° — DÉJASE establecido que la Licencia para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones y el registro de los Servicios de Transmisión de Datos, Valor Agregado y Telefonía Larga Distancia Nacional e Internacional, oportunamente otorgados a la empresa TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a través de la Resolución N° 131 de fecha 24 de junio de 2009, dictada por la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, deben entenderse otorgados a TOTAL TIM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-70911973-3).

ARTÍCULO 3° — NOTIFÍQUESE al interesado, conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes, del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 01/04/2016 N° 18312/16 v. 01/04/2016

Fecha de publicación 01/04/2016