Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN

Disposición 2/2016

ASUNTO: Prórroga cronograma de adecuación de los depósitos fiscales y terminales portuarias. Resolución General 3581/14 (AFIP). S/adecuación.

Bs. As., 31/03/2016

VISTA la Disposición N° 5 de fecha 29 de diciembre de 2015 de esta Subdirección General de Planificación, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición citada en el VISTO, se prorrogó hasta el 31 de marzo de 2016 el plazo para la habilitación definitiva, inhabilitación o denegación de habilitación de depósitos fiscales y terminales portuarias, que fuera establecido mediante la Disposición N° 4/14 (SDG PLA), en cumplimiento de las obligaciones y cronograma de implementación dispuesto por la normativa vigente en la materia.

Que encontrándose cercano el vencimiento de la prórroga referida, se ha procedido a evaluar la necesidad de su renovación.

Que existe aún un importante número de trámites sin resolver en el marco de la normativa vigente, motivo por el cual resulta conveniente establecer la prórroga del plazo para la corroboración de la efectiva regularización de incorporación de nueva tecnología en los depósitos fiscales y terminales portuarias —etapa 5 del cronograma—, hasta el 30 de abril de 2016 inclusive.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, corresponde disponer en consecuencia.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN
DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Prorrogar hasta el 30 de abril de 2016 inclusive, el plazo para la habilitación definitiva, inhabilitación o denegación de habilitación de depósitos fiscales y terminales portuarias, que fuera establecido mediante la Disposición N° 4/14 (SDG PLA), en cumplimiento de las obligaciones y cronograma de implementación dispuesto por la normativa vigente en la materia.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese a la Dirección General de Aduanas y a las Subdirecciones Generales de Control Aduanero, de Administración Financiera, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior y de Coordinación Técnico institucional, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Lic. MARIO RAMÓN ROSELLO, Subdirector General, Subdirección General de Planificación.

e. 01/04/2016 N° 19404/16 v. 01/04/2016

Fecha de publicación 01/04/2016