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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE CULTO

Resolución 53/2016

Bs. As., 31/03/2016

VISTO el Expediente N° 8357/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la FEDERACIÓN ALIANZA CRISTIANA DE IGLESIAS EVANGÉLICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA tiene por objetivo unir y representar a las iglesias y organizaciones de confesión evangélica radicadas en el territorio nacional.

Que la mencionada federación realizará durante el año 2016 la “Cadena Nacional de Oración”, que consistirá en que cada semana las iglesias evangélicas de una provincia de nuestro país lideren la oración por las necesidades locales de su jurisdicción y de la Nación.

Que el objetivo de la cadena de oración es invocar la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, conforme se establece en el Preámbulo de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el evento procura promover el acercamiento de las iglesias evangélicas en cada región, afianzando el carácter federal de la institución.

Que la entidad organizadora brega por la defensa de los derechos y libertades garantizados constitucionalmente y trabaja en la construcción de espacios de debate basados en los valores esenciales de respeto e igualdad, que conllevan a generar una convivencia pacífica en nuestra sociedad.

Que es de interés para la SECRETARÍA DE CULTO de este Ministerio, promocionar y apoyar iniciativas como la propuesta.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 2°, apartado IV) de la Resolución N° 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Auspíciase y declárase de interés para la SECRETARÍA DE CULTO de este Ministerio la realización de la “Cadena Nacional de Oración”, organizada por la FEDERACIÓN ALIANZA CRISTIANA DE IGLESIAS EVANGÉLICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, que se llevará a cabo durante el año 2016.

ARTÍCULO 2° — Establécese que la presente resolución no irrogará gasto alguno a este Ministerio.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Emb. SANTIAGO DE ESTRADA, Secretario de Culto.

e. 07/04/2016 N° 20367/16 v. 07/04/2016

Fecha de publicación 07/04/2016