Edición del
4 de Septiembre de 2018

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 122/2016

Bs. As., 22/02/2016

VISTO el Expediente N° 11.017/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 del Expediente de referencia obra glosado el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, entre la SECCIONAL MENDOZA de la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), y la empresa MECANIZADOS CARRAZCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo ha sido ratificado por la entidad titular de la Personería Gremial, conforme acta que luce agregada a fojas 57 de autos.

Que cabe señalar que a través del mentado Acuerdo las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora, comprendidas en el precitado convenio colectivo de trabajo, los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del mentado Acuerdo.

Que una vez ello, procede remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declarar homologado el Acuerdo y acta complementaria suscriptos entre la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), y la empresa MECANIZADOS CARRAZCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, obrantes respectivamente a fojas 1 y 57 del Expediente N° 11.017/14, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre los instrumentos obrantes a fojas 1 y 57 del Expediente N° 11.017/ 14.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procede remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los instrumentos homologados, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 11.017/14
Buenos Aires, 25 de febrero de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 122/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 y 57 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 128/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACUERDO SALARIAL
Acuerdo espontaneo entre la empresa Mecanizados Carrasco SRL, con CUIT N° 30-70948035-5, domicilio en la calle Roca N° 1439 Coquimbito Maipú y representada por el Sr. Ángel Arnaldo Carrasco con D.N.I. N° 12146023, y los trabajadores del mencionado establecimiento encuadrado por el CCT N° 260/75, representados por el Sr. Luis G. Márquez con D.N.I. N° 12.897.319, Secretario General de la Unión Obrera Metalúrgica Seccional Mendoza:
1.-) La empresa se compromete al pago de un adicional remunerativo del 25% del sueldo básico de la categoría que reviste cada trabajador que se encuentra a la fecha laborando, que tendrá vigencia a partir del primero de junio de 2014 hasta las próximas paritarias de la UOM. El presente concepto reemplazara el ítem de productividad que se observa en los bonos de sueldo del mes de mayo de 2014. Asimismo las horas extras no gozaran del presente concepto.
2.-) Las partes solicitan la inmediata homologación del presente convenio por lo que se da por terminado el Acto previa lectura y ratificación: Firman los comparecientes
Expte. N° 11.017/14.-
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 16 de diciembre de 2015, siendo las 16:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante la Secretaria de Conciliación del Dto. de Relaciones Laborales N° 3, Lic. Daniela PESSI, en representación de la parte sindical por la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el Sr Antonio CATTANEO. Secretario Gremial Nacional.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante. EL SECTOR GREMIAL MANIFIESTA: que, viene a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta Acuerdo, firmada en el ámbito privado, obrante a fs. 1 solicitando su homologación en los términos de ley.
Se le comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación: será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.
Con lo que termino el acto, siendo las 16:45 horas, firmando el compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.

Fecha de publicación 12/04/2016