MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 32/2016
Bs. As., 11/04/2016
VISTO el Expediente N° S01:0022436/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley N° 15.336, el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 y la Resolución N° 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE-ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución N° 174 de fecha 30 de junio de 2000 y sus modificaciones de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, fue aprobado el ESTATUTO DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (FFTEF).
Que el párrafo primero del Artículo 5° del Anexo I de la Resolución N° 174/2000 de la ex SECRETARIA DE ENERGÍA “INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO” del ESTATUTO DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (FFTEF), establece: “El Comité de Administración sesionará bajo la Presidencia de la Señora Secretaria de Energía y Minería, o quien ésta designe con el carácter de Presidente Ejecutivo, quien como tal ejercerá la representación legal del Comité, UN (1) Vocal designado por la SECRETARÍA DE ENERGÍA Y MINERÍA, y DOS (2) Vocales designados por el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE)”.
Que por el Artículo 24 de la Ley N° 15.336 de Energía Eléctrica, se creó el CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (CFEE).
Que a través del Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se delegó en la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de este Ministerio el ejercicio de determinadas funciones, dentro de las cuales el inciso f) refiere: “Ejercer las funciones que competen, por la Ley N° 15.336, a este Ministerio dentro del Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE)”.
Que en virtud de los requisitos de idoneidad y experiencia que reúne, se considera oportuno propiciar la designación del Ingeniero Electromecánico D. Alejandro GALLINO (M.I. N° 4.928.578) en el cargo de Vocal del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (FFTEF), en representación de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que en mérito a lo que antecede, corresponde revocar en el cargo “ad honorem” de Vocal del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (FFTEF), en representación de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a la Licenciada en Economía Da. Carolina MAURER (M.I. N° 25.431.025), quien fuera designada en dicho cargo mediante Resolución N° 13 de fecha 28 de agosto de 2014 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 1°, inciso f) de la Resolución N° 25 de fecha 16 de marzo de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, por los Artículos 24, 30 y 37 de la Ley N° 15.336 y por el Artículo 70 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Revócase en el cargo “ad honorem” de Vocal del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (FFTEF) a la licenciada en Economía Da. Carolina MAURER (M.I. N° 25.431.025), designada oportunamente en representación de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 2° — Dáse por designado a partir del 1 de febrero de 2016 en el cargo de Vocal del Comité de Administración del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (FFTEF) al Ingeniero Electromecánico D. Alejandro GALLINO (M.I. N° 4.928.578), en representación de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
ARTÍCULO 3° — Dése cuenta de la presente medida al CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCRICA (CFEE).
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de Energía Eléctrica.
e. 14/04/2016 N° 22666/16 v. 14/04/2016
Fecha de publicación 14/04/2016