MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 319/2016
Prorrógase designación del Director de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas.
Bs. As., 15/04/2016
VISTO el Expediente N° S01:0018049/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011, 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014, 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011 se designó con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Licenciado en Economía Don Ignacio Agustín MONTELATICI (M.I. N° 25.676.936) en el cargo de Director de la Dirección de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas dependiente de la entonces Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por los Decretos Nros. 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014 y 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015 se prorrogó la designación transitoria aludida en el considerando precedente.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar nuevamente la designación transitoria del mencionado funcionario.
Que el citado profesional se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 1° del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Prorrógase, a partir del 30 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N° 1.162 de fecha 3 de agosto de 2011 y cuyas prórrogas operaron por los Decretos Nros. 944 de fecha 21 de junio de 2012, 2.329 de fecha 4 de diciembre de 2012, 1.181 de fecha 24 de julio de 2014 y 2.292 de fecha 3 de noviembre de 2015, del Licenciado en Economía Don Ignacio Agustín MONTELATICI (M.I. N° 25.676.936) en el cargo de Director de la Dirección de Supervisión y Control del Sistema de Sociedades de Garantías Recíprocas dependiente de la actual Dirección Nacional de Relaciones con el Sistema Financiero de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus Modificatorios.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 30 de diciembre de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.
Fecha de publicación 18/04/2016