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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 5926/2016

Ref.: Circular CONAU 1 - 1152. Régimen Informativo Contable Mensual. Exigencia e Integración de Capitales Mínimos (R.I. - C.M.). Modificaciones.

18/03/2016

ANEXO

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar las modificaciones en el Régimen Informativo de la referencia, en función de las disposiciones emitidas a través de la Comunicación “A” 5867, con vigencia para el período de información marzo/16.
Al respecto, detallamos a continuación los cambios más relevantes:
1) Exigencia por riesgo de crédito:
a) Adecuación de la expresión de cálculo de la exigencia por riesgo de crédito (CRC y los activos ponderados por riesgo (APRc) —punto 3.1.2.—;
b) Adecuación consecuente del cómputo de los APR y expresión de los componentes de la partida 70100000 —Sección 8.—;
c) Incorporación del código 86300000 para reflejar los incrementos de exigencia de riesgo de crédito por los excesos verificados —a nivel individual y global— en las participaciones en el capital de empresas (término INC(fraccionamiento))
—Secciones 3. y 8.—;
2) Exigencia por riesgo de mercado:
a) Incorporación de los siguientes códigos de partida a efectos de reflejar los datos agregados de exigencia, calculada según las disposiciones de la sección 6. de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”.
- 70810000: Exigencia por riesgo de mercado para las posiciones al último día del mes bajo informe —calculada conforme a las disposiciones vigentes hasta el 29.02.16—;
- 70820000: Exigencia por riesgo de mercado para las posiciones al último día del mes bajo informe —calculada conforme a las disposiciones de la Sección 6. de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”—;
- 311000/xx: Exigencia por riesgo de tasa - Total;
- 311100/xx: Exigencia por riesgo de tasa - Específico;
- 311200/xx: Exigencia por riesgo de tasa - General;
- 312000/xx: Exigencia por riesgo de acciones - Total;
- 312100/xx: Exigencia por riesgo de acciones - Específico;
- 312200/xx: Exigencia por riesgo de acciones - General;
- 312300/xx: Exigencia por riesgo de acciones - Adicional por derivados;
- 313000/xx: Exigencia por riesgo de tipo de cambio; y
- 314000/xx: Exigencia por riesgo de posiciones en opciones.
b) Consecuente modificación en la determinación de la partida 70800000 (exigencia por riesgo de mercado).
Al respecto, les señalamos que oportunamente se comunicará el modelo de información desagregada de los conceptos componentes de esta exigencia, y las pertinentes instrucciones de presentación.
3) Finalmente se efectúan actualizaciones y adecuaciones de tipo formal en las secciones 5. y 11.
En ese sentido, se acompañan las hojas que corresponde reemplazar en el respectivo texto ordenado.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
RODRIGO J. DANESSA, Gerente de Régimen Informativo. — ESTELA M. DEL PINO SUÁREZ, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.

e. 22/04/2016 N° 24249/16 v. 22/04/2016

Fecha de publicación 22/04/2016