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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 995/2016

Bs. As., 12/04/2016

VISTO el Expediente N° 4.737/1992 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.

Que la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7), anteriormente denominada SATELITAL SOCIEDAD ANÓNIMA, posee Licencias para la prestación de los Servicios de Transmisión de Datos y Voz Accesoria de la de Datos en el ámbito nacional y Videoconferencia en el ámbito nacional; Almacenamiento y Retransmisión de Fax en el ámbito nacional; Videoconferencia y Almacenamiento y Retransmisión de Fax, en el ámbito internacional, otorgadas mediante Resoluciones Nos. 238 de fecha 9 de mayo de 1994, 48 de fecha 30 de enero de 1995 y 256 de fecha 28 de junio de 1995, respectivamente, todas dictadas por la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que por Resoluciones Nos. 66 de fecha 1 de septiembre de 1995, 97 de fecha 12 de septiembre de 1995 y 268 de fecha 27 de noviembre de 1995, todas dictadas por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se otorgaron a la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7), Licencias para la prestación de los Servicios de Transporte de Señales de Radiodifusión en el ámbito nacional e internacional; Valor Agregado en el ámbito nacional e internacional; y Localización de Vehículos en el ámbito nacional, respectivamente.

Que por Resolución N° 1.355, de fecha 17 de septiembre de 1999, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, rectificada por Resolución N° 464, de fecha 7 de noviembre de 2000, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, se otorgó a la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7) Licencia para la prestación de los Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.

Que por Resolución N° 147 de fecha 19 de marzo de 2003, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA, se registró a nombre de la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7) el Servicio de Telefonía Local.

Que mediante presentación fundada, se notificó a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES el cambio de denominación social de la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el de BT LATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7).

Que las distintas Áreas competentes se han expedido en sentido favorable.

Que en consecuencia resulta procedente dejar establecido que las Licencias oportunamente otorgadas a la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7) para la prestación de los Servicios de Transmisión de Datos y Voz Accesoria de la de Datos en el ámbito nacional y Videoconferencia en el ámbito nacional; Almacenamiento y Retransmisión de Fax en el ámbito nacional; Videoconferencia y Almacenamiento y Retransmisión de Fax, en el ámbito internacional; Transporte de Señales de Radiodifusión en el ámbito nacional e internacional; Valor Agregado en el ámbito nacional e internacional; y Localización de Vehículos en el ámbito nacional, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Local, deben entenderse otorgadas a la empresa BT LATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7).

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 4 de fecha 1 de abril de 2016.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — TÉNGASE por registrado a nombre de la empresa BT LATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7) las Licencias que oportunamente fueron otorgadas a la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA para la prestación de los Servicios de Transmisión de Datos y Voz Accesoria de la de Datos en el ámbito nacional y Videoconferencia en el ámbito nacional; Almacenamiento y Retransmisión de Fax en el ámbito nacional; Videoconferencia y Almacenamiento y Retransmisión de Fax, en el ámbito internacional, mediante Resoluciones Nos. 238 de fecha 9 de mayo de 1994, 48 de fecha 30 de enero de 1995 y 256 de fecha 28 de junio de 1995, respectivamente, todas dictadas por la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Transporte de Señales de Radiodifusión en el ámbito nacional e internacional; Valor Agregado en el ámbito nacional e internacional; y Localización de Vehículos en el ámbito nacional otorgadas por Resoluciones Nos. 66 de fecha 1 de septiembre de 1995, 97 de fecha 12 de septiembre de 1995 y 268 de fecha 27 de noviembre de 1995 respectivamente, dictadas por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS; Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional, otorgadas por Resolución N° 1.355 de fecha 17 de septiembre de 1999 dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y el Servicio de Telefonía Local, registrado mediante Resolución N° 147 de fecha 19 de marzo de 2003, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 2° — TÉNGASE por registrado a nombre de la empresa BT LATAM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-63820379-7) todas las autorizaciones de uso de frecuencias y asignación de recursos de numeración y señalización que eventualmente hubiesen sido concedidas a la empresa COMSAT ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 3° — NOTIFÍQUESE al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 22/04/2016 N° 25069/16 v. 22/04/2016

Fecha de publicación 22/04/2016