MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Resolución 124/2016
Bs. As., 15/04/2016
VISTO el Expediente N° S01:0006150/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 24.156 y 27.198, los Decretos Nros. 971 de fecha 6 de mayo de 1993, 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y 1 de fecha 4 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, en sus Artículos 100 y 102, establece la creación y las funciones de las Unidades de Auditoría Interna en cada jurisdicción y en las entidades que dependan del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, dispone en su Artículo 102 que los Auditores Internos titulares serán nombrados, en el caso de las Jurisdicciones, por Resolución Ministerial, previa opinión técnica no vinculante de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada ley.
Que mediante el Decreto N° 971 de fecha 6 de mayo de 1993 y sus modificatorios, se creó en cada una de las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional el cargo de Auditor Interno, el que tendrá carácter de extraescalafonario.
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios, creándose el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que a través del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, se aprobó la estructura organizativa de este Ministerio.
Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 10, Función Ejecutiva I de Auditor Interno Titular.
Que el profesional propuesto por este Ministerio reúne el perfil de acuerdo a lo establecido por la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN N° 17 de fecha 10 de febrero de 2006, por la cual se indicaron los requisitos a los que debe ajustarse el perfil de Auditor Interno así como la nómina de incompatibilidades, inhabilitaciones y conflictos de intereses que afectan el ejercicio de dicha función.
Que se ha efectuado la consulta de opinión técnica a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, prevista por el Artículo 4° del Decreto N° 971/93 y por el Artículo 102 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 102 del Anexo al Decreto N° 1.344/07 y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO
DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dase por designado, a partir del 1 de enero de 2016, en el cargo extraescalafonario de Auditor Interno Titular de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, al Contador Público Don Javier Darío DEMARCHI (M.I. N° 23.341.535), Nivel A, Grado 10, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. FRANCISCO ADOLFO CABRERA, Ministro de Producción.
e. 26/04/2016 N° 25598/16 v. 26/04/2016
Fecha de publicación 26/04/2016