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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 198/2016

Bs. As., 04/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.703.227/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.703.227/15, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPEH), por el sector sindical, e YPF SOCIEDAD ANÓNIMA y OPERADORA DE ESTACIONES SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1261/12 “E”, ratificado a fojas 13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen la prórroga hasta el 31 de Diciembre de 2016 la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1261/12 “E”.

Que corresponde dejar asentado que los celebrantes del Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite, son los mismos que suscribieron el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa antes mencionado.

Que cabe destacar que en relación al artículo segundo del acuerdo traído a estudio, y en virtud de haber sido homologada el acta acuerdo de fecha 08/07/2014 mediante Resolución S.T. N° 1339/14, deberán las partes oportunamente acompañar un texto ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa antes referido y el mismo deberá ser ratificado ante esta cartera de Estado a fin de proceder a su aprobación.

Que en relación al artículo tercero cabe destacar que el mismo no resulta susceptible de homologación por esta cartera de Estado.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPEH), por el sector sindical, e YPF SOCIEDAD ANÓNIMA y OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIO SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, que luce a fojas 2 del Expediente N° 1.703.227/15, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1261/12 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.703.227/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de empresa N° 1261/12 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.703.227/15
Buenos Aires, 05 de abril de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 198/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 219/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 04 días del mes de diciembre de 2015 se reúnen la Federación de Sindicatos Unidos Petroleros e Hidrocarburíferos (F.S.U.P.e.H.), representada en este acto por su Secretario General Sr. Antonio Cassia, y las empresas YPF S.A. y Operadora de Estaciones de Servicio S.A. (OPESSA), ambas representadas por el Sr. Fernando Dasso, quienes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: Prorrogar hasta el 31 de Diciembre de 2016 la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo 1261/12 “E” oportunamente suscripto entre YPF S.A., OPESSA y FSUPeH, que fuera debidamente homologado mediante resolución del MTSSN n° 315 de fecha 9/03/2012.
SEGUNDO: Incorporar al Convenio Colectivo de trabajo 1261/12 “E” Acta de fecha 08 de julio de 2014, cuyo N° de Expediente 1632475/14, homologada mediante Resolución 1339 de fecha 20/08/14, que se acompaña a la presente.
TERCERO: Ambas partes constituyen a continuación los integrantes de la Comisión Negociadora:
a) Empresa: Nómina de miembros de Comisión Negociadora por YPF S.A. y OPESSA
• Fernando Dasso DNI 17.725.270
• Domingo Rocchio DNI 14.583.010
• Agustín Rebello: DNI 23.709.496
• Marcelo Gustavo Aldeco DNI 24.616.619
• Leandro Esteban Calderón DNI 25.134.518
• Ana Magdalena Rodríguez DNI 19.007.393
• Jorge Facundo de la Serna DNI 30.687.838
b) Gremio:
• Antonio Cassia DNI 6877462
• Juan Carlos Crespi DNI 7609285
• Julio Schiantarelli DNI 13182731
• Alejandro Fernández DNI 13536770
• Marcelo Fernández DNI 11157873
• Pedro Serafín Cerezo DNI 12246578
• Ramón Garaza DNI 16733108
Las partes acuerdan solicitar la homologación del presente acuerdo ante la autoridad de aplicación.

Fecha de publicación 28/04/2016