MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 174/2016
Bs. As., 11/03/2016
VISTO el Expediente N° 1.704.660/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877.
CONSIDERANDO:
Que la firma FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA celebra un acuerdo directo con el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA obrante a fojas 5/10 del Expediente N° 1.704.660/15, que es ratificado por las partes a fojas 29 y 30 donde solicitan su homologación.
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen suspensiones de personal en los términos del Artículo 223 bis de la Ley N° 20.744.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el Acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con los mismos se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que cabe indicar que el listado de personal afectado por la medida pactado se encuentra contenido en el texto del Acuerdo de marras.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos el Acuerdo de marras.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la firma FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/10 del Expediente N° 1.704.660/15, ratificado a fojas 29 y 30 de autos.
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/10 del Expediente N° 1.704.660/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los instrumentos homologados, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.704.660/15
Buenos Aires, 18 de marzo de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 174/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/10 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 193/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Lanús, a los 14 días del mes de Diciembre de 2015, se reúnen:
Faurecia Sistemas de Escapes Argentina S.A., con domicilio legal en la avenida Eduardo Madero 1020 P 5 de la ciudad de Buenos Aires, representada en este acto por El Sr. Osvaldo Sammartino, en su carácter de Gerente de R.H. y apoderado y los representantes de SMATA - Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina, representada en este acto por los Sres.: Gustavo Morán, en su carácter de Secretario Gremial, Ricardo De Simone, en su carácter de Subsecretario Gremial Francisco Malvaso en su carácter de Delegado General zona Sur, y Ricardo Murúa en su carácter de Colaborador Gremial y como comisión interna, el Sr. Héctor Fariña, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones de negociación. EXPRESAN:
Que considerando la disminución de volúmenes de las empresas Terminales Automotrices debido a las paradas de Planta y período vacacional para quien FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPES ARGENTINA S.A. (en adelante LA EMPRESA) produce autopartes; lo que provoca una disminución directa en la demanda de los productos producidos por la Empresa, circunstancia que afecta de modo sustancial los programas de producción en el período Diciembre de 2015 a Febrero de 2016, se plantea otorgar licencias que afectarán a todas las áreas de la empresa y empleados dentro y fuera de convenio. Muchas de las suspensiones fueron acordadas por actas en el mes Julio 2015, cuando se otorgaron vacaciones por las paradas de las terminales
La empresa se compromete a no realizar despidos sin justa causa ni por reestructuración mientras dure la medida.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan lo siguiente:
Que en función de lo descripto, esperando que se trata de cuestiones transitorias cuya superación se dé en el corto plazo, y con el fin de garantizar los puestos y condiciones de trabajo, acordamos el licenciamiento del personal entre el 21 y el 31 de Diciembre de 2015 y en los meses de Enero y febrero del 2016. Las licencias afectarán a todas las áreas de la empresa y a la totalidad de los empleados tanto dentro como fuera de convenio de la siguiente manera:
1- Entre el lunes 21/12/2015 al 24 de Diciembre, a 17 trabajadores.
2- Entre el lunes 28/12/2015 al 31 de Diciembre, a 9 trabajadores.
3- Entre el lunes 04/01/2016 al 8 de Enero, a 21 trabajadores.
4- Entre el lunes 11/01/2016 al 15 de Enero, a 33 trabajadores.
5- Entre el miércoles 10/02/2016 al 12 de Febrero, a 7 trabajadores.
6- Entre el lunes 15/02/2016 al 19 de Febrero, a 4 trabajadores
Entre el lunes 18/01/2016 al 22 de Enero, a 34 trabajadores
La empresa garantiza la igualdad en la distribución de las licencias a todos los trabajadores que integran su área, a fin de evitar una alteración desigual en las remuneraciones dentro del mes calendario arriba referido.
En caso de que por el número de días y de trabajadores afectados exista algún o algunos trabajadores por área que tuvieran un licenciamiento mayor, serán compensados.
Que para ello se conviene el pago de una suma de carácter no remunerativo en los términos del Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo equivalente al 75% de la remuneración bruta para cada trabajador afectado por la medida precedente.
Que la Empresa se hará cargo del pago de la Obra Social (por empresa y trabajador) y de la cuota sindical de los trabajadores afectados por dicha medida por el período de la licencia.
Que el presente acuerdo no afecta a ningún beneficio de Convenio.
Que la Empresa se compromete a modificar y/o levantar en esta oportunidad la medida, haciendo que el trabajo se normalice y avisando fehacientemente con una antelación de 48 horas al personal para que continúe con sus tareas; Si las empresas clientes modifican su esquema de programación de producción.
En prueba de conformidad, se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto para ser presentados en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, para su homologación.
Anexo I - Listado de Personal Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A.
1 - Entre el lunes 21/12/2015 al 24 de Diciembre
Apellido y Nombre | N° de Legajo |
AYALA Rolando Alfredo | 1053 |
BORDON Alejandro | 875 |
CADILLAC Guillermo Gaston | 883 |
CASTELLON REQUE Beimar | 654 |
DIAZ Diego Humberto | 868 |
GAUTO Hugo Daniel | 1012 |
JAIME Hector Julio | 644 |
LEDESMA Mariano Ezequiel | 1032 |
MARTINEZ Raul Alejandro | 996 |
MERCADO Cristian Ezequiel | 1019 |
OJEDA Marcos Antonio | 786 |
ORTIZ Luis Edgardo | 1058 |
OVIEDO Ivan Jonatan | 1042 |
PEREYRA Ricardo Angel | 986 |
PRUNEDA Maximiliano Nahuel | 1068 |
PUIG Norberto Saul | 928 |
SOSA Matias Fabian | 1021 |
2 - Entre el lunes 28/12/2015 al 31 de Diciembre
Apellido y Nombre | N° de Legajo |
AQUINO Jose Maria | 1044 |
AVEIRO Sebastian Fernando | 962 |
AYALA Rolando Alfredo | 1053 |
BORDON Alejandro | 875 |
BURGOS Franco Ariel | 1057 |
CACERES Sergio Adrian | 1036 |
CADILLAC Guillermo Gaston | 883 |
CASTELLON REQUE Beimar | 654 |
CERINI, Juan Marcelo | 1064 |
DIAZ Diego Humberto | 868 |
GAUTO Hugo Daniel | 1012 |
JAIME Hector Julio | 644 |
LEDESMA Gaston Adrian | 1018 |
LEDESMA Mariano Ezequiel | 1032 |
MARTINEZ Raul Alejandro | 996 |
MERCADO Cristian Ezequiel | 1019 |
OJEDA Marcos Antonio | 786 |
ORTIZ Luis Edgardo | 1058 |
OVIEDO Ivan Jonatan | 1042 |
PEREYRA Ricardo Angel | 986 |
PINTOS Ruben Omar | 1051 |
PRUNEDA Maximiliano Nahuel | 1068 |
PUIG Norberto Saul | 928 |
SOSA Matias Fabian | 1021 |
VEGA Cristian Javier | 1067 |
ZARCO Ariel Hernan | 1035 |
3 - Entre el lunes 04/01/2016 al 8 de Enero
Apellido y Nombre | N° de Legajo |
ALMADA Orlando Miguel | 971 |
CABRAL Ruben Alberto | 1049 |
FARIÑA Hector Luis | 931 |
FREDES Hernan Gonzalo | 1050 |
GOMEZ Alberto Jesus | 874 |
HIDALGO Victor Javier | 1045 |
KODNIA Eduardo | 977 |
LOPEZ Javier Renato | 1055 |
MORAN Gabriel Leonardo | 1025 |
PEREZ Nestor Oscar | 1020 |
PONCE Dario Gonzalo | 1026 |
RIOS Julian Andres | 1027 |
SALGUERO Cristian Fidel | 1063 |
SEISDEDOS Juan Manuel | 1060 |
SOLIS Javier Milciades | 1062 |
SOTELO Lucas Gabriel | 953 |
TOLEDO Rodrigo Jose | 1048 |
VALDEZ Ariel Romualdo | 1043 |
VELIZ Gustavo Alejandro | 961 |
4 - Entre el lunes 11/01/2016 al 15 de Enero
Apellido y Nombre | N° de Legajo |
AGUILERA Vidal | 858 |
ALMADA Orlando Miguel | 971 |
ARGUMEDO Luis Leonel | 968 |
AVALOS Angel Raul | 1010 |
CACERES Ignacio Nicolas | 920 |
CORREA Eduardo Alejandro | 882 |
FARIAS Jose Hernan | 923 |
FERNANDEZ Jorge Daniel | 932 |
FLEITA Emilio Hernan | 885 |
FONTANA Gerardo Luis | 902 |
FRANCO Juan Pablo | 924 |
GOMEZ Gustavo Alejandro | 933 |
GOMEZ Marcelo Javier | 912 |
JUAREZ Hector Daniel | 904 |
LEIVA Hernan Abel | 1011 |
LOPEZ Eduardo David | 906 |
MEMBRIN Cristian Leonardo | 950 |
MOLINA Guido David Oscar | 878 |
MOREIRA Hugo Osmar | 805 |
NAVARRO Nestor Oscar | 890 |
NUÑEZ Damian Gustavo | 951 |
PAUCHEK Sergiy | 863 |
PINTO Jorge Rafael | 861 |
ROCHA Ruben Eduardo | 966 |
RODRIGUEZ Santos Octavio | 864 |
SAUCEDO Maximo Dario | 987 |
SOSA Jorge Horacio | 942 |
SOTELO Lucas Gabriel | 953 |
SUAREZ Luis Alberto | 989 |
VALDEZ Ariel Romualdo | 1043 |
VELIZ Gustavo Alejandro | 961 |
VERGARA Jose Daniel | 979 |
VIERA Cesar Luis | 954 |
5 - Entre el miércoles 10/02/2016 al 12 de Febrero
Apellido y Nombre | N° de Legajo |
LEDESMA Mariano Ezequiel | 1032 |
MERCADO Cristian Ezequiel | 1019 |
ORTIZ Luis Edgardo | 1058 |
OVIEDO Ivan Jonatan | 1042 |
PEREYRA Ricardo Angel | 986 |
PRUNEDA Maximiliano Nahuel | 1068 |
SOSA Matias Fabian | 1021 |
6 - Entre el lunes 15/02/2016 al 19 de Febrero
Apellido y Nombre | N° de Legajo |
BORDON Alejandro | 875 |
GAUTO Hugo Daniel | 1012 |
MARTINEZ Raul Alejandro | 996 |
PUIG Norberto Saul | 928 |
Fecha de publicación 29/04/2016