Edición del
3 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decreto 658/2016

Recházase recurso.

Bs. As., 06/05/2016

VISTO el Expediente N° S01:0139341/2010, su agregado sin acumular Expediente N° S01:0155560/2010, ambos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, su Anexo I, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 538 de fecha 12 de septiembre de 2012 del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por el Licenciado en Economía D. Leopoldo MARKUS (M.I. N° 4.415.583) contra la Resolución N° 540 de fecha 30 de agosto de 2011 de dicho ex Ministerio, mediante la cual se dio por finalizado el sumario administrativo ordenado por la Resolución N° 218 de fecha 21 de abril de 2010 del citado ex Ministerio, habiéndose dejado constancia que, de haber permanecido en funciones, le hubiera correspondido al ex agente, Licenciado en Economía D. Leopoldo MARKUS, una sanción disciplinaria de DIEZ (10) días de suspensión, con fundamento en el Artículo 31, inciso c) de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por infracción al Artículo 23, inciso I) de la misma.

Que de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de impugnación de actos administrativos se ha tramitado el pertinente recurso jerárquico, articulado subsidiariamente contra la mencionada Resolución N° 540/11.

Que en esta instancia no se han aportado elementos relevantes que justifiquen rectificar el temperamento adoptado en su oportunidad.

Que en consecuencia es procedente no hacer lugar al recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto por el Licenciado en Economía D. Leopoldo MARKUS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN en virtud de lo dispuesto por el Artículo 92, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1.759/72 T.O. 1991 ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades que confieren el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1.759/72 T.O. 1991.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Recházase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por el ex agente, Licenciado en Economía D. Leopoldo MARKUS (M.I. N° 4.415.583), contra la Resolución N° 540 de fecha 30 de agosto de 2011 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Art. 2° — Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su Artículo 100.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Alfonso de Prat Gay.

Fecha de publicación 09/05/2016