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8 de Abril de 2022

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 670/2016

Nómbrase en “Misión Permanente” Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Bs. As., 11/05/2016

VISTO lo propuesto por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las FUERZAS ARMADAS, mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las FUERZAS ARMADAS de la región pertinente.

Que es necesario proceder al relevo del Personal Militar Superior de las FUERZAS ARMADAS que cumple funciones en el exterior como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Coronel D. Diego CRISTÓBAL para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA ITALIANA, con extensión sobre la REPÚBLICA de ESLOVENIA.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida que se propone encuadra en las atribuciones emergentes conferidas por el artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorios.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase en “Misión Permanente” y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al Coronel D. Diego CRISTÓBAL (DNI N° 17.286.681) como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA ITALIANA, con extensión sobre la REPÚBLICA de ESLOVENIA.

Art. 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2016 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subjurisdicción 4521 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

Art. 4° — Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgarán los pasaportes correspondientes.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra. — Julio C. Martínez.

Fecha de publicación 12/05/2016