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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 618/2016

Bs. As., 06/05/2016

VISTO los Expedientes N° EXP - S02:0029272/2016 del registro de este Ministerio y EXP - S01:0371214/2011 del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; y

CONSIDERANDO:

Que por el referido cuerpo administrativo se tramitó la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE ETAPA ÚNICA MPFIPyS N° 6/2015, gestionada a fin de lograr la contratación de los trabajos de restauración integral de las cubiertas, fachadas, muros e instalación eléctrica, sanitarias y complementarias del templete y otras edificaciones; y la parquización del predio CASA NATAL DEL GENERAL SAN MARTÍN sita en la Ciudad de YAPEYÚ, Provincia de CORRIENTES, con un Presupuesto Oficial de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6.810.909,98).

Que por Resolución N° 954 de fecha 17 de junio de 2015 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el llamado y se aprobó la documentación licitatoria para llevar a cabo dicha contratación bajo el Sistema de Ajuste Alzado conforme a lo establecido en los Artículos 5°, Inciso b) y 9° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.

Que a través de la mencionada Resolución en su artículo 4° se encomendó a la UNIDAD OPERATIVA DE COMPRAS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS a efectuar todos los trámites atinentes al proceso licitatorio en cuestión.

Que el día 12 de agosto de 2015 se llevó a cabo la apertura de la única oferta recibida correspondiente a la firma CONSULPER SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-61187485-1) cuya oferta económica asciende a la suma total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 6.795.585,99).

Que por Nota N° 2277 de fecha 2 de septiembre de 2015 obrante a fojas 1200 el Señor SUBSECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, designa los miembros de la Comisión Evaluadora.

Que sobre la única propuesta presentada, la Comisión Evaluadora designada se abocó al análisis de la misma emitiendo consecuentemente el Acta N° 1 de fecha 15 de octubre de 2015, obrante a fojas 1204/1206 mediante la cual concluye solicitar al oferente la subsanación de defectos formales de su presentación de acuerdo a lo previsto en los artículos 15° y 17° del Pliego de Cláusulas Especiales.

Que la Comisión Evaluadora emitió su Dictamen de Evaluación con fecha 30 de octubre de 2015, concluyendo que la oferta presentada por la firma CONSULPER SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-61187485-1) resulta ser conveniente desde el punto de vista técnico - económico aconsejando adjudicar la obra a la mencionada firma.

Que el Dictamen de Evaluación fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 5 de noviembre de 2015 y notificado fehacientemente al proponente, no habiendo sido impugnado en el plazo establecido en el artículo 19° del Pliego de Cláusulas Especiales.

Que en consecuencia, corresponde adjudicar la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE ETAPA ÚNICA MPFIPyS N° 6/2015 a la firma CONSULPER SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-61187485-1).

Que asimismo, resulta pertinente que la SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de este Ministerio, suscriba el contrato correspondiente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y Decreto N° 283 de fecha 1° de febrero de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO
DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Adjudícase a la firma CONSULPER SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-61187485-1) la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE ETAPA ÚNICA MPFIPyS N° 6/2015 para la contratación de los trabajos de restauración integral de las cubiertas, fachadas, muros e instalación eléctrica, sanitarias y complementarias del templete y otras edificaciones, y la parquización del predio CASA NATAL DEL GENERAL SAN MARTÍN sita en la Ciudad de YAPEYÚ. Provincia de CORRIENTES, por un monto de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 6.795.585,99), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido, bajo el Sistema de Ajuste Alzado conforme a lo establecido en los artículos 5°, inciso b), y 9° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.

ARTÍCULO 2° — Establécese que la SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA suscribirá el contrato cuyo modelo como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3° — El presente gasto se imputará a los ejercicios financieros correspondientes en la parte proporcional que surja, de la siguiente partida presupuestaria: Programa 65 - Subprograma 0 - Proyecto 1 - Actividad 0 - Obra 51 - Ubicación Geográfica 18 - Partida 4.2.1 - Subparcial 0 - Fuente de Financiamiento 11 - Moneda 1 - Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS - SAF 325.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ROGELIO FRIGERIO, Ministro del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

ANEXO I
MODELO DE CONTRATO
Entre la SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en adelante “EL COMITENTE”, representada en este acto por el señor Subsecretario de Obras Públicas, Arq. Jorge Osvaldo SABATO, DNI N° 7.607.418, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen N° 250, Piso 11°, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por una parte, y por la otra, la Firma CONSULPER SOCIEDAD ANÓNIMA, inscripta en el Registro de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES bajo el______________________, en adelante “EL CONTRATISTA”, representada en este acto por su apoderado, el señor _________________, DNI N° _______________ con domicilio en la calle __________________ de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, se celebra el siguiente contrato.
ARTÍCULO 1°: Objeto del Contrato: EL CONTRATISTA se obliga a realizar los trabajos de restauración integral de las cubiertas, fachadas, muros e instalación eléctrica, sanitarias y complementarias del templete y otras edificaciones; y la parquización del predio CASA NATAL DEL GENERAL SAN MARTÍN sita en la Ciudad de YAPEYÚ, Provincia de CORRIENTES, cotizados según su OFERTA adjudicada por Resolución N° _____________________del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, recaída en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE ETAPA ÚNICA MPFIPyS N° 6/2015 que corre por el Expediente N° S02: 0029272/2016 del registro del citado Ministerio, en un todo de acuerdo con la documentación a que se refiere el artículo siguiente.
ARTÍCULO 2°: Documentos del Contrato: Forman parte integrante de este contrato todos los documentos establecidos en el artículo 36 del Pliego de Cláusulas Generales (P.C.G.), complementado por el artículo 22 del Pliego de Cláusulas Especiales (P.C.E.), a los que EL CONTRATISTA declara conocer y aceptar, la oferta de fojas 679 a 1191 y de 1209 a 1225 del Expediente N° S02: 0029272/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 3°: Sistema de Contratación - Monto - Redeterminación de Precios: Los trabajos se contratan por el sistema de Ajuste Alzado comprometiéndose EL CONTRATISTA a ejecutarlos totalmente de acuerdo con las planillas de cotización por ítem y análisis de precios unitarios que incluyó en su oferta y por un importe total de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6.810.909,98). Para las redeterminaciones de precios que se realicen, regirá lo estipulado en el Decreto N° 1295 de fecha 19 de julio de 2002, su reglamentación y la normativa que al efecto se dicte.
ARTÍCULO 4°: Plan de Trabajos: EL CONTRATISTA, al momento de realizar el ajuste del Plan de Trabajos de acuerdo con lo estipulado en el artículo 41 del P.C.G., deberá desagregar las tareas del mismo, a satisfacción de EL COMITENTE, respetando los tiempos establecidos para cada ítem en su oferta.
ARTÍCULO 5°: Provisión de materiales y equipos: EL CONTRATISTA acompañará el Plan de Trabajos desagregado con la fecha de incorporación de los equipos presentados en la propuesta, en forma detallada y de acuerdo con la secuencia del mismo. EL COMITENTE podrá elegir cualquiera de los materiales, marcas o sistemas que incluyó EL CONTRATISTA en su oferta, debiendo éste proveerlos según el requerimiento respectivo.
ARTÍCULO 6°: Medición de los trabajos - Forma de Pago - Fondo de Reparo: Los trabajos ejecutados serán medidos o estimados en su avance por períodos mensuales por EL COMITENTE; los resultados serán volcados en el acta y en la planilla de medición, a los fines de posibilitar la confección del certificado de obra de conformidad con los previsto en el artículo 30 del P.C.E. Los pagos se escalonarán de la siguiente forma: de conformidad con el artículo 32 del P.C.E., dentro de los SESENTA (60) días corridos a partir del momento indicado en el artículo 90 del P.C.G. y serán en pesos en efectivo. De cada certificado se retendrá el CINCO POR CIENTO (5%) del monto del mismo para constituir el fondo de reparo establecido en el artículo 88 del P.C.G. y complementado por el artículo 33 del P.C.E. Se permitirá sustituir el fondo de reparo de conformidad al artículo 89 del P.C.G. por alguna de las garantías previstas en el artículo 20 del mismo pliego.
ARTÍCULO 7°: Certificación de cantidad de obra ejecutada: EL COMITENTE autorizará a EL CONTRATISTA a certificar las cantidades de obra ejecutada, en los períodos que corresponda, con los precios adecuados de conformidad con el artículo 7° del Anexo del Decreto 1295/02.
ARTÍCULO 8°: Plazo de ejecución - Multas: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del P.C.E., EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar totalmente los trabajos dentro del plazo de SEIS (6) meses contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra prevista en el artículo 24 del P.C.E. En caso de incurrir en mora en los plazos estipulados para la iniciación, ejecución y finalización de los trabajos, incumplimientos o cumplimientos defectuosos, EL CONTRATISTA será pasible de las multas previstas por los artículos 40 y 41 del P.C.E, complementados por el artículo 104 del P.C.G.
ARTÍCULO 9°: Recepción provisoria y definitiva de los trabajos: La recepción provisoria de la obra por parte de EL COMITENTE se efectuará de acuerdo con las formalidades establecidas en el artículo 91 del P.C.G., complementado por el artículo 43 del P.C.E. La recepción definitiva por parte de EL COMITENTE se realizará transcurrido el plazo de conservación y garantía establecido en el artículo 92 del P.C.G. que es de DOCE (12) meses contados a partir de la fecha del Acta de la Recepción Provisoria de la Obra y de conformidad con las formalidades descriptas en el artículo 93 del P.C.G.
ARTÍCULO 10: Rescisión del contrato: Se aplicará lo establecido en la legislación vigente y en particular lo previsto en el artículo 96 del P.C.G. complementado por el artículo 47 del P.C.E.
ARTÍCULO 11: Garantía: En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 35 del P.C.G., EL CONTRATISTA presenta en este acto la Póliza de Seguro de Caución N°_______ emitida por ___________________________que cubre el CINCO POR CIENTO (5%) del monto total del contrato, quedando estipulado que la misma responderá por el fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes y que será devuelta a EL CONTRATISTA en oportunidad de la recepción definitiva, si correspondiere.
ARTÍCULO 12: Vigencia: El presente contrato entrará en vigencia a partir del momento de su suscripción.
ARTÍCULO 13: Domicilio constituido: Las partes constituyen domicilio a todos los efectos legales que pudiera corresponder, tanto judiciales como extrajudiciales, en los denunciados en el encabezado del presente, en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.
ARTÍCULO 14: Solución de Controversias: En caso de controversias emergentes de la interpretación o aplicación del presente contrato, las partes aceptan expresamente la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal, con sede en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, las partes firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a los_____ días del mes de ___________ del año 2016.

e. 13/05/2016 N° 31054/16 v. 13/05/2016

Fecha de publicación 13/05/2016