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24 de Agosto de 1999

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Decisión Administrativa 501/2016

Desígnase Director de Información y Capacitación Electoral.

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° S02:0014524/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 27.198, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 227/16 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar, entre otras, toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de la dotación de planta permanente y transitoria, que se encuentren vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA solicita la designación transitoria del Mg. D. Facundo Gabriel GALVAN (D.N.I. N° 25.558.666) en el cargo de DIRECTOR DE INFORMACION Y CAPACITACION ELECTORAL (Nivel B, Grado 0, F.E. III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008), de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, perteneciente a la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS ELECTORALES, dependiente a la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del citado Ministerio, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia.

Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada, motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1° del Decreto N° 227/16 y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 1° de marzo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR DE INFORMACION Y CAPACITACION ELECTORAL (Nivel B, Grado 0. F.E. III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008), de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, perteneciente a la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS ELECTORALES, dependiente a la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, al Mg. D. Facundo Gabriel GALVAN (D.N.I. N° 25.558.666), con autorización excepcional a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del citado convenio.

Art. 2° — El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos. III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

Fecha de publicación 20/05/2016