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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Resolución 23/2016

Bs. As., 22/03/2016

VISTO la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa citada en el visto, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, entre otros, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1° de la medida citada en el VISTO.

Que por el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto N° 227/2016 se estableció que los Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación están facultados a designar al personal de gabinete de sus respectivas jurisdicciones.

Que tomó la intervención que le corresponde la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida de conformidad a las atribuciones conferidas por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias y el artículo 4° del Decreto 227/16 del 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO
DE COMUNICACIONES DE LA NACION
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Desígnese, desde el 1 de abril de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, al Abogado Especialista en Derecho Público Hugo Alberto ZANATTA (D.N.I. N° 20.188.329) como asesor en la planta de gabinete de la Unidad MINISTRO DE COMUNICACIONES DE LA NACIÓN asignándosele como retribución mensual la suma de Dos Mil Seiscientas (2600) Unidades Retributivas, mientras dure su asignación de funciones.

ARTÍCULO 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 59 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. OSCAR AGUAD, Ministro de Comunicaciones de la Nación.

e. 20/05/2016 N° 29500/16 v. 20/05/2016

Fecha de publicación 20/05/2016