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27 de Diciembre de 2022

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 246/2016

Bs. As., 21/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.700.227/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 12/13 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por el sector sindical, y TREN PATAGONICO SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1009/08 “E”, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del Acuerdo alcanzado, los agentes negociadores convinieron condiciones salariales para los trabajadores que se desempeñen bajo el CCT indicado, desarrollando sus tareas en el ferrocarril TREN PATAGONICO SOCIEDAD ANÓNIMA de la Provincia de Río Negro, con vigencia a partir del Primero de Octubre del año Dos Mil Quince.

Que el acuerdo señalado se homologa, sin perjuicio de los derechos individuales que les pudieren corresponder a los trabajadores involucrados.

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para alcanzar el presente conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, resulta pertinente que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA
DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por el sector sindical, y TREN PATAGONICO SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, que luce a fojas 12/13 del Expediente N° 1.700.227/15, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1009/08 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 12/13 del Expediente N° 1.700.227/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1009/08 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.700.227/15
Buenos Aires, 25 de abril de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 246/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 12/13 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 274/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expediente N° 1.700.227/ 15
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de Octubre de dos mil quince, siendo las 14.00 horas, se reúnen por el Sindicato LA FRATERNIDAD, el señor Omar Arístides MATURANO, D.N.I. 13.031.615 en su carácter de Secretario General, el señor Julio A. SOSA, D.N.I. N° 12.205.023, en carácter de Secretario Gremial e Interior del SINDICATO LA FRATERNIDAD, acompañado del delegado del personal José Luis GUENUMIL, D.N.I. N° 13.756.893, y por la otra lo hacen el Sr. Jorge MALJASIAN en su carácter de Presidente de la empresa, y el Dr. Alejandro GALVAN GATTONI, T° 2437 F° 2437 L° XI, en carácter de miembro paritario de la firma TREN PATAGONICO S.A.
Las partes, en el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Nación, en cumplimiento de lo pactado en la cláusula 9 del acuerdo de fecha 9 de abril de 2015, arriban al presente acuerdo con el que se cierra la paritaria anual.
En tal sentido declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida que les fue la palabra a ambas partes, manifiestan: Que han arribado a un acuerdo salarial, con vigencia hasta el 31 de enero de 2016, y que afectará a todos los empleados que bajo el presente CCT desarrollasen sus tareas en el ferrocarril Tren Patagónico S.A. de la Pcia. de Río Negro (art. 3 CCT).
A tal fin se acuerda:
1. Aumento del 4% sobre los sueldos básico de todos los trabajadores comprendidos dentro del CCT. El retroactivo correspondiente a los meses de agosto y septiembre se abonará en dos cuotas, la primera de ellas con los haberes del mes de noviembre de 2015 y la segunda con los del mes de diciembre de 2015.
2. A partir del 1° de Octubre del 2015 el valor de los viáticos será el siguiente diario será de Pesos sesenta y cinco, y el viático de pernocte de pesos 310.
Viático Diario $ 65
Viático Pernocte $ 310
Viático 50% $ 155
3. Las partes se encuentran en un proceso de armado de un Organigrama con categorías por área y requisitos para el ascenso que reflejen la realidad de la empresa. Esto redundará en un beneficio para los trabajadores y la empresa. Las partes se comprometen a continuar con este proceso hasta su finalización.
4. No obstante lo acordado en el punto anterior las partes acuerdan modificar en lo inmediato las categorías de aquellos trabajadores que por diversas circunstancias se encuentren en situación de estar en estos momentos en una categorías superior, tal es el caso del Instructor y del Inspector de locomotoras. En estos dos casos se les otorgará la máxima categoría existente a la fecha. Al momento en que se apruebe el nuevo esquema de categorías, se les otorgará las que en ese momento les correspondan. Este cambio en las categorías de ambos trabajadores opera a partir de la liquidación del mes de Octubre de 2015.
Siendo las 16 horas del día 21 de Octubre de 2015 y no existiendo otros puntos a tratar, se da por finalizada la reunión. En prueba de conformidad con todo lo aquí acordado, se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor, reconociendo como propias las firmas allí insertas solicitando al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la homologación de dicho acuerdo en los términos de ley.

Fecha de publicación 20/05/2016