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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2495/2016

Bs. As., 16/05/2016

VISTO el Expediente N° 120/2007 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que el expediente citado en el Visto guarda relación con la licencia adjudicada mediante Decreto N° 7477/68, renovada por su similar N° 1062/83, a la firma RADIODIFUSORA SALTA SOCIEDAD ANONIMA, para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud identificado como LV 9 RADIO SALTA, en la ciudad de SALTA, provincia homónima, al que le corresponde un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la misma ciudad, identificado con la señal distintiva LRK 740, al cual se le asignó el canal 245, frecuencia 96.9 MHz, categoría D, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución N° 817-COMFER/83.

Que la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, mediante NOTCNCAAFRD 344/2004, de fecha 10 de noviembre de 2004, ha propuesto la modificación de los referidos parámetros técnicos por el canal 245, frecuencia 96.9 MHz, con categoría C, con el objeto de optimizar el plan técnico del servicio de FM de la provincia de SALTA.

Que la propuesta de modificación fue aceptada por la licenciataria, solicitando ésta que se mantenga la reserva de parámetros oportunamente aceptada.

Que en atención a lo expresado en los considerandos que anteceden, corresponde dictar el acto administrativo por el que se modifique la categoría asignada oportunamente.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENACOM N° 6 de fecha 10 de mayo de 2016 se aprobó el dictado de la presente.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015, el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y por el artículo 12 inciso 18) de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — SUSTITÚYASE la asignación correspondiente al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia correspondiente al servicio identificado con la señal distintiva LV 9 RADIO SALTA, cuyo titular es la firma RADIODIFUSORA SALTA SOCIEDAD ANONIMA, de la ciudad de SALTA, provincia homónima, identificado con la señal distintiva LRK 740, por la categoría C, en el canal 245, frecuencia 96.9 MHz.

ARTÍCULO 2° — Establécese un plazo de NOVENTA (90) días corridos contados a partir de la publicación de la presente para que la licenciataria envíe la documentación técnica para habilitar el servicio, de conformidad con la normativa técnica vigente, correspondiente a la nueva categoría.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 23/05/2016 N° 33961/16 v. 23/05/2016

Fecha de publicación 23/05/2016