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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 539/2016

Designación en el Servicio Nacional de Rehabilitación.

Bs. As., 26/05/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-4300004360/16-8 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR), la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, 627 del 3 de mayo de 2010, 227 del 20 de enero de 2016 y la Disposición N° 2535 del 20 de julio de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 227/16 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la pertinente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que por el Decreto N° 627/10 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Disposición SNR N° 2535/10 se aprobó la creación de la COORDINACION TÉCNICA en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, conforme atribución conferida por el mencionado Decreto N° 627/10.

Que encontrándose vacante el cargo de Coordinador Técnico del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION resulta necesario por razones operativas, designar a la Doctora Da. Laura Belén PARGA (D.N.I. N° 33.768.302) para cumplir dichas funciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el Artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio a partir del día 15 de febrero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente decisión administrativa, en el cargo de COORDINADORA TÉCNICA del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a la Doctora Da. Laura Belén PARGA (D.N.I. N° 33.768.302), Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio del Organismo Descentralizado 912 - SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Programa 62 - PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS DISCAPACIDADES, UNIDAD EJECUTORA: SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.

Fecha de publicación 27/05/2016