ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2541/2016
Bs. As., 16/05/2016
VISTO los Expedientes Nos. 30.130/1996, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y 4.290/2000, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).
Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.
Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.
Que mediante Resoluciones Nos. 103, de fecha 16 de septiembre de 1996 y 591, de fecha 27 de febrero de 1998, ambas dictadas por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se otorgaron Licencias para la prestación de los servicios de Transmisión de Datos y Valor Agregado a la empresa SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2).
Que por Resolución N° 142, de fecha 17 de marzo de 2003, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aclaró que las Licencias para la prestación de los servicios de Transmisión de Datos y Valor Agregado otorgadas a SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA debían entenderse otorgadas UOL SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2).
Que mediante presentación fundada, se notificó a la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el cambio de denominación de la empresa UOL SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) por el de SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) y se solicitó la autorización para la modificación de la composición accionaria a favor de SION SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-69007604-3).
Que de acuerdo a lo informado por la Licenciataria, la modificación de las participaciones accionarias se origina con motivo de una operación de transferencia mediante la cual la empresa SION SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-69007604-3) se constituirá en accionista mayoritario de la prestadora.
Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014, modificada por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC).
Que el artículo 13 de la Ley N° 27.078 establece que: “Los licenciatarios deberán obtener autorización del ENACOM, para efectuar cualquier modificación de las participaciones accionarias o cuotas sociales en las sociedades titulares, que impliquen la pérdida de control social en los términos del artículo 33 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 25.156...”
Que conforme lo dispuesto en su Artículo 92, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias de Servicios de Telecomunicaciones, aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/00, en todo lo que no se oponga a la citada Ley, y hasta tanto se dicte una nueva reglamentación en la materia.
Que de la conjunción de lo dispuesto en los artículos 13 y 92 de la Ley N° 27.078, resulta que el cambio de control accionario se encuadra dentro de las previsiones del artículo 10.1.I) del Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto N° 764/00, atento tratarse de una modificación de las participaciones accionarias que conlleva un cambio de control y tiene consecuencias sobre un prestador de servicios de telecomunicaciones.
Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento, por parte de la empresa SGF SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-69366226-1) en dan cuenta del cumplimiento por parte de las empresas UOL SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) y SION SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-69007604-3) en su carácter de nuevo accionista mayoritario de la licenciataria, de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el cambio de denominación social y la modificación en las participaciones accionarias.
Que habida cuenta el marco normativo aplicable, como así también el tiempo trascurrido desde la fecha en que se efectuaron las presentaciones por las que se informan las operaciones que se analizan en el presente acto, y a fin de evitar mayores dilaciones sobre situaciones que se encontrarían consolidadas, se considera pertinente emitir el acto que permita regularizar las operaciones en trato.
Que en este aspecto, y más allá de las obligaciones que impone la legislación vigente, en cuanto al deber de los prestadores de mantener actualizada la información y/o documentación que corresponda, es menester otorgar un plazo prudencial para que SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) informe y acredite con la documentación fehaciente, todas las operaciones societarias y modificaciones accionarias que pudieran haber acaecido en la licenciataria, en los términos de la reglamentación vigente.
Que el servicio jurídico permanente del organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta N° 6 de fecha 10 de mayo de 2016.
Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 y el Acta de Directorio N° 1 de fecha 5 de enero de 2016, del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Téngase por registrado a nombre de SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) las Licencias para la prestación de los servicios de Transmisión de Datos y Valor Agregado oportunamente otorgadas a UOL SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) mediante Resolución N° 142, de fecha 17 de marzo de 2003, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2° — Autorizar, en los términos y condiciones expuestos en los considerandos, la modificación de las participaciones accionarias en SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2) en la cual la empresa SION SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-69007604-3) se constituirá en socio mayoritario de la Licenciataria.
ARTÍCULO 3° — OTÓRGUESE un plazo de NOVENTA (90) días hábiles a partir de la notificación de la presente para que SINECTIS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68589598-2), se presente a informar expresamente si se han producido operaciones societarias y/o modificaciones accionarias en los términos de la reglamentación vigente, posteriores a las que por el presente acto se aprueban, debiendo en su caso, presentar la documentación fehaciente que acredite las mismas. Ello, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO 4° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 27/05/2016 N° 35173/16 v. 27/05/2016
Fecha de publicación 27/05/2016