ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 3123/2016
Bs. As., 20/05/2016
VISTO el Expediente N° 3.564/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes N° 124/2013, 125/2013, 13.205/2009, 13.206/2009, 13.207/2009, 13.310/2009, 14.044/2012 del registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, el Expediente N° 918/2015 del registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y los Expedientes N° 1.327/2016, 1.481/2016, 2.047/2016, 2.423/2016, 2.597/2016, 2.959/2016, 2.960/2016, 3.010/2016, 3.044/2016, 3.091/2016, 3.092/2016, 3.105/2016, todos del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.
Que mediante Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fecha no cuentan con normas técnicas.
Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicitado otorgamientos o renovaciones de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).
Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Que los Informes Técnicos vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en el segundo y en el tercer considerando de la presente.
Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones y renovaciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N° 984.
Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2 de fecha 1 de febrero de 2016 se delegó en su Presidente la firma de las inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Otórgase la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones a los equipos cuyas características se indican en el Anexo I que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2° — Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones a los equipos cuyas características se indican en el Anexo II que forma parte de la presente
ARTÍCULO 3° — Otórgase la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo III que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4° — Otórgase la renovación de la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo IV que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 5º — Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente Resolución, deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.
ARTÍCULO 6° — Déjase establecido que las inscripciones y renovaciones otorgadas por el Artículo 1° y 2° tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, conforme lo determina el inciso 6.3 del Anexo I de la Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 7° — Déjase establecido que las inscripciones y renovaciones otorgadas por los Artículos 3° y 4° tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.
ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
Anexo I - Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Tipo de Equipo | Marca | Modelo | Solicitante | N° Registro |
EXPAFTIC 918/2015 | GATEWAY | DENWA | DW-GTW-AC-FXO008 | GLOBAL THINK TECHNOLOGY S.A., | H-14995 |
EXPENACOM 1481/2016 | TRANSCEPTOR CELULAR FIJO | SIEMENS | CP1243-7 LTE | SIEMENS S.A., | H-15865 |
EXPENACOM 3044/2016 | TRANSCEPTOR MOVIL | John Deere | PF81399 | INDUSTRIAS JOHN DEERE ARGENTINA S.A., | H-16025 |
Anexo II - Renovación de inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Tipo de Equipo | Marca | Modelo | Solicitante | N° Registro |
EXPCNC 124/2013 | TRANSCEPTOR MOVIL | YEDRO | YC-M02U | YEDRO COMUNICACIONES S.R.L., | H-11463 |
EXPCNC 125/2013 | TRANSCEPTOR MOVIL | YEDRO | YC-M02V | YEDRO COMUNICACIONES S.R.L., | H-11462 |
EXPCNC 14044/2012 | TRANSCEPTOR MOVIL | CONTINENTAL | M3N-40821302 | TELEMED S.R.L., | H-11413 |
Anexo III - Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Tipo de Equipo | Marca | Modelo | Solicitante | N° Registro |
EXPENACOM 1327/2016 | TRANSCEPTOR | ROCHE | COBAS h 232 | PRODUCTOS ROCHE S.A.Q.I., | C-15843 |
EXPENACOM 2047/2016 | PUNTO DE ACCESO INALAMBRICO | EXTREME | WS-AP3865e | ERICNET S.A., | C-15938 |
EXPENACOM 2423/2016 | PUNTO DE ACCESO INALAMBRICO | RUCKUS | T710 | CH INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L., | C-15965 |
EXPENACOM 2597/2016 | TRANSCEPTOR | HP Inc. | SDGOB-0892 | HP INC ARGENTINA S.R.L., | C-15989 |
EXPENACOM 2959/2016 | TRANSCEPTOR | Hospira | Plum 360 | CH INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L., | C-16018 |
EXPENACOM 2960/2016 | TRANSCEPTOR | MOTOROLA | MBP160 | ARGENTRADE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, | C-16037 |
EXPENACOM 3010/2016 | TRANSCEPTOR PORTATIL | NIKON | N1501 | EDUARDO UDENIO Y COMPAÑIA S.A.C.I.F.I., | C-16034 |
EXPENACOM 3091/2016 | TRANSCEPTOR PORTATIL | DirecTV | RC72L | CH INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L., | C-16042 |
EXPENACOM 3092/2016 | TRANSCEPTOR | ROLAND | VG-640 | CASSI, PABLO RICARDO | C-16047 |
EXPENACOM 3105/2016 | TRANSCEPTOR | NOBLEX | PSB950R | ELECTRONIC SYSTEM S.A., | 0-16043 |
Anexo IV - Renovación de inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Tipo de Equipo | Marca | Modelo | Solicitante | N° Registro |
EXPCNC 13205/2009 | TRANSCEPTOR MULTICANAL DIGITAL | HARRIS STRATEX NETWORKS | ECLIPSE 8 GHz (desde 40 Mbps hasta 190 Mbps) 28 MHz | DMC WIRELESS SYSTEMS S.A., | C-8006 |
EXPCNC 13206/2009 | TRANSCEPTOR MULTICANAL DIGITAL | HARRIS STRATEX NETWORKS | ECLIPSE 15 GHz (desde 40 Mbps hasta 190 Mbps) 28 MHz | DMC WIRELESS SYSTEMS S.A., | C-8007 |
EXPCNC 13207/2009 | TRANSCEPTOR MULTICANAL DIGITAL | HARRIS STRATEX NETWORKS | ECLIPSE 7 GHz (desde 40 Mbps hasta 190 Mbps) 28 MHz | DMC WIRELESS SYSTEMS S.A., | C-8008 |
EXPCNC 13310/2009 | TRANSCEPTOR MULTICANAL DIGITAL | HARRIS STRATEX NETWORKS | ECLIPSE 23 GHz (desde 40Mbps hasta 19Mbps) 28MHz | DMC WIRELESS SYSTEMS S.A., | C-8015 |
e. 30/05/2016 N° 35569/16 v. 30/05/2016
Fecha de publicación 30/05/2016