Edición del
18 de Junio de 2020

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3126/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 4.208/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes N° 4.631/2015, 4.633/2015 del registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y los Expedientes N° 1.258/2016, 1.561/2016, 1.895/2016, 1.896/2016, 2.262/2016, 2.369/2016, 2.961/2016, 3.194/2016, 3.195/2016, 3.427/2016, 3.475/2016, 3.737/2016, 4.007/2016, 4.009/2016, 4.012/2016, 4.013/2016 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución N° 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.

Que mediante Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fecha no cuentan con normas técnicas.

Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicitado el otorgamiento de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).

Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Que los Informes Técnicos vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en el segundo y en el tercer considerando de la presente.

Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N° 990.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 2 de fecha 1 de febrero de 2016 se delegó en su Presidente la firma de las inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Otórgase la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo I que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2° — Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente Resolución, deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.

ARTÍCULO 3° — Déjase establecido que las inscripciones otorgadas por el Artículo 1° tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

Anexo I - Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones


Expediente
Tipo de EquipoMarcaModeloSolicitanteN° Registro
EXPAFTIC 4631/2015TELEFONO CELULARAUDINACAU554GAUDIVIC S.A.,C-15386
EXPAFTIC 4633/2015TELEFONO CELULARIMODOIM55033GAUDIVIC S.A.,C-15388
EXPENACOM 1258/2016TELEFONO CELULARHYUNDAIHY1-5085GSOLNIK S.A.,C-15834
EXPENACOM 1561/2016TELEFONO CELULARLGLG-K120ARBRIGHTSTAR FUEGUINA S.A.,C-15860
EXPENACOM 1895/2016TELEFONO CELULARPCBOXPCB - V216LEANVAL S.A.,C-15911
EXPENACOM 1896/2016TELEFONO CELULARPCBOXPCB -V116LEANVAL S.A.,C-15912
EXPENACOM 2262/2016TELEFONO CELULARAPPLEA1533TOTALNEO S.R.L.,C-15941
EXPENACOM 2369/2016TELEFONO CELULARCORADIRCS505 4GCORA-DIR S.A.,C-15955
EXPENACOM 2961/2016TELEFONO CELULARLGLG-H840ARBRIGHTSTAR FUEGUINA S.A.,C-16019
EXPENACOM 3194/2016TELEFONO CELULARHYUNDAIHY1-1157SOLNIK S.A.,C-16069
EXPENACOM 3195/2016TELEFONO CELULARHYUNDAIHY1-5137SOLNIK S.A.,C-16064
EXPENACOM 3427/2016TELEFONO CELULARLENOVOA6020I37ELECTRONIC SYSTEM S.A.,C-16083
EXPENACOM 3475/2016TELEFONO CELULARPCD506TELECOMUNICACIONES FUEGUINAS S.A.,C-16091
EXPENACOIVI 3737/2016TELEFONO CELULARSUZUKI TIMESP-54GTOTAL HOME S.A.,C-16102
EXPENACOM 4007/2016TELEFONO CELULARLGLG-K500ARBRIGHTSTAR FUEGUINA S.A.,C-16124
EXPENACOM 4009/2016TELEFONO CELULARLGLG-K350ARELECTRONIC SYSTEM S.A.,C-16125
EXPENACOM 4012/2016TELEFONO CELULARLGLG-K430ARELECTRONIC SYSTEM S.A.,C-16123
EXPENACOM 4013/2016TELEFONO CELULARLGLG-K120ARELECTRONIC SYSTEM S.A.,C-16126

e. 30/05/2016 N° 35574/16 v. 30/05/2016

Fecha de publicación 30/05/2016