MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 547/2016
Apruébase y Adjudícase Contratación Directa N° 13/2016.
Bs. As., 30/05/2016
VISTO el Expediente N° 1-2002-25092/15-7, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la adquisición de CINCO MIL (5.000) frascos ampolla de Palivizumab por CIEN (100) miligramos, solicitada por la DIRECCION NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA del MINISTERIO DE SALUD.
Que la citada Dirección Nacional informa que el producto requerido no cuenta con sustituto conveniente y que se utilizará para la prevención de la infección por virus sincicial respiratorio en niños nacidos con cardiopatías congénitas severas, como así también en aquellos nacidos prematuros o con un peso inferior a 1500 gramos.
Que la entonces SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA y la SECRETARIA DE PROMOCION, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD han prestado conformidad a la tramitación de la presente adquisición, y a su vez la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SALUD ha tomado intervención en la misma.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT) informa que el único certificado registrado de la especialidad medicinal solicitada pertenece a la firma ABBVIE S.A., quien se reserva el privilegio de venta en el país del producto requerido.
Que corresponde realizar una Contratación Directa de conformidad con el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y con el artículo 22 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios.
Que la firma ABBVIE S.A. presenta su oferta por un monto total de SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL ($ 65.990.000,00).
Que analizada la oferta y obtenidos los informes pertinentes, la Unidad Operativa de Contrataciones de la DIRECCION DE COMPRAS, PATRIMONIO, SUMINISTROS Y SERVICIOS del MINISTERIO DE SALUD recomienda la adjudicación de la oferta citada, considerando el cumplimiento de las bases que rigieron el llamado.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias aprobado por Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el artículo 14, incisos c) del Anexo al Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y complementarios, ambos modificados por su similar N° 1039 de fecha 29 de julio de 2013.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase lo actuado en la Contratación Directa N° 13/2016 del MINISTERIO DE SALUD encuadrada en el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y en el artículo 22 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios, llevada a cabo para la adquisición de CINCO MIL (5.000) frascos ampolla de Palivizumab por CIEN (100) miligramos, así como el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que integra la presente medida.
Art. 2° — Adjudícase la Contratación Directa N° 13/2016 del MINISTERIO DE SALUD a favor de la firma ABBVIE S.A., CUIT 30-71239962-3, por un total de 5.000 unidades, por la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL ($ 65.990.000,00).
Art. 3° — La suma de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL ($ 65.990.000,00) se imputará con cargo al MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Programa 17, Subprograma 1, Actividad 3, IPP 251 Fuente de Financiamiento 11 Tesoro Nacional.
Art. 4° — Delégase en el MINISTRO DE SALUD la facultad para aprobar la ampliación o disminución de la presente contratación.
Art. 5° — Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, PATRIMONIO, SUMINISTROS y SERVICIOS y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DE SALUD, de forma indistinta, a suscribir la pertinente orden de compra.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.
Fecha de publicación 31/05/2016