MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 739/2016
Desígnanse Delegados ante la Comisión Administradora del Río Uruguay.
Bs. As., 02/06/2016
VISTO el Expediente N° 12.151/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Estatuto del Río Uruguay, aprobado por la Ley N° 21.413, el Decreto N° 444 de fecha 7 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto citado en el Visto se aceptaron las renuncias presentadas por los señores D. Héctor Ramón RODRIGUEZ y D. Héctor Ricardo RETAMAL entre otros, al cargo de Delegado argentino ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY, en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que a fin de cubrir los cargos mencionados “ut supra” resulta necesario designar al señor Juan Enrique RUIZ ORRICO y al señor Jorge Diego SATTO como Delegados argentinos ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY, en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado debida intervención.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnanse al señor Juan Enrique RUIZ ORRICO (D.N.I. N° 23.510.159) y al señor Jorge Diego SATTO (D.N.I. N° 16.217.051), como Delegados argentinos ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY, en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 2° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.
Fecha de publicación 03/06/2016