Edición del
15 de Enero de 1999

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones
La Presidencia del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) ha dispuesto modificar, conforme a los siguientes detalles, las disposiciones del Registro de Materiales de Telecomunicaciones, manteniendo las fechas de vigencia originales conforme lo establecido en el Artículo 3° de las mismas, y por el término de TRES (3) años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas disposiciones, cada unidad deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.


DISPOSIC. A MODIFICAR
LO ATINENTE A:NUEVA DISP. N°FECHASOLICITANTEEQUIPOMARCAMODELON° Inscrip.Expte.
500/16EQUIPO263917/05/16BGH S.A.Teléfono celularBGHJOY V6C- 155446677/15


MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

e. 09/06/2016 N° 39237/16 v. 09/06/2016

Fecha de publicación 09/06/2016