MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 317/2016
Apruébase texto de estatuto social.
Bs. As., 02/06/2016
VISTO el expediente N° 107.720/16 del Registro de la DELEGACIÓN REGIONAL LOMAS DE ZAMORA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, modificada por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03; y
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LANÚS Y AVELLANEDA, con domicilio en calle Maipú N° 290, Partido de Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 951 de fecha 23 de noviembre de 1963 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.
Que dada las modificaciones realizadas, con fundamento en los principios de unidad y coherencia legislativa, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.
Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.
Que obra dictamen favorable de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando la aprobación de la modificación realizada al estatuto social de la entidad peticionante.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el texto del Estatuto Social del SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LANÚS Y AVELLANEDA, con domicilio en calle Maipú N° 290, Partido de Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, obrante a fojas 120/142 del Expediente N° 107.821/16 agregado a fojas 21 del Expediente N° 107.720/16, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88.
ARTÍCULO 2° — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical peticionante, como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley 23.551.
ARTÍCULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. JORGE TRIACA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 09/06/2016